Qué alumnos están exceptuados de ir a clases presenciales

El Consejo Federal de Educación brindó detalles sobre la asistencia a los colegios, aunque la DGE dictará uno propio basado en los documentos nacionales.

Qué alumnos están exceptuados de ir a clases presenciales

Por: Mendoza Post

El lunes 1° de marzo comenzarán las clases en Mendoza. Las grandes incógnitas en las últimas semanas están vinculadas a cómo será la presencialidad en los establecimientos para evitar los contagios y la propagación del coronavirus. Consejo Federal de Educación (CFE) brindó los protocolos y detalló qué alumnos y personal escolar está exceptuado de asistir a los colegios.

La Dirección General de Escuelas (DGE) dictará su propia resolución en los próximos días para los colegios de Mendoza, pero está basada en los documentos nacionales.

La Asamblea del Consejo Federal de Educación resolvió la reanudación de clases presenciales en todo el país "bajo condiciones de seguridad sanitaria y cuidado de la salud de la comunidad educativa, en forma escalonada, conforme con la situación epidemiológica en las unidades geográficas de menor escala en las que resulte posible evaluar el riesgo sanitario y epidemiológico imperante".

Las clases comenzarán el 1° de marzo en Mendoza para todos los años.

La Resolución N°387 del CFE detalla:

Existirán tres formas de escolarización

A) Presencial: supone la asistencia regular a la escuela todos los días de la semana en el horario establecido por cada jurisdicción. Sólo podrá implementarse en las escuelas en las que la relación entre la cantidad de estudiantes y el espacio físico permita cumplir con el distanciamiento físico establecido en los protocolos.

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B) No presencial: supone que toda la escolaridad se cursa sin asistencia a actividades presenciales. Queda reservada a estudiantes que por razones de salud pertenezcan a grupos de riesgo y no puedan asistir a la escuela de manera presencial y a estudiantes matriculados en escuelas en las que, por decisión de las autoridades educativas y sanitarias jurisdiccionales, no puedan habilitarse actividades presenciales.

Alumnos o familiares en grupo de riesgos no asistirán a clases.

C) Combinada: alterna tiempos de trabajo de los y las estudiantes con asistencia a la escuela en clases presenciales y actividades educativas en situaciones de no presencialidad mediados por diferentes instrumentos y soportes. Se implementará en todos los casos que sea necesario para asegurar el sostenimiento de la norma básica de distanciamiento físico disminuyendo la densidad de ocupación de las aulas y los edificios escolares. Esto requerirá organizar a los y las estudiantes en grupos más reducidos conforme a diferentes criterios y definir regímenes de alternancia de días y horarios de asistencia a la escuela de cada grupo.

La asistencia exceptuada

El artículo N°6 expresa que "las y los estudiantes que formen parte de alguno de los grupos de riesgo o convivan con personas que forman parte de alguno de los grupos de riesgo establecidos por la autoridad sanitaria, serán eximidos de asistir de manera presencial al establecimiento educativo, debiendo presentar el certificado médico correspondiente y/o acreditar la convivencia según el caso".

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Para ellos, se "brindarán alternativas" para asegurar su educación y sostener la escolaridad.

Docentes en grupos de riesgo tampoco deben asistir.

Además, para personal de establecimientos educativos que forman parte de grupos de riesgo y, "hasta tanto esté disponible la vacunación para esos grupos, serán dispensados de asistir a los establecimientos de manera presencial".

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Hace dos semanas, la DGE ya había expresado (memorándum ME-2021-00643458-GDEMZA-DRRHH#DGE) qué docentes estaban exceptuados de dar clases presenciales: "En ningún caso el director y/o jefe de servicio podrá convocar a los agentes que se encuentran incluidos en los denominados grupos de riesgo".

  Entre ellos, se encuentran los trabajadores y trabajadores mayores de 60 años, embarazadas, personas con enfermedades crónicas y/o cardíacas, personas diabéticas, con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses, personas con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos y trasplantados, personas con Certificado Único de Discapacidad y personas con obesidad, entre otros.  

   

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