Este lunes, Rodolfo Suarez tendrá una reunión virtual con los intendentes mendocinos para definir cómo se aplicará la flexibilización anunciada por Alberto Fernández. Tuits, reuniones y videoconferencia.
Qué queda por definir para flexibilizar la cuarentena en Mendoza
Cómo publicó el Post este domingo, Rodolfo Suarez tendría decidido flexibilizar la cuarentena en el interior provincial. A su vez, está confirmado que Mendoza aplicará las salidas recreativas de una hora por día.
La decisión habría sido tomada en la tarde-noche de este domingo luego de que se conociera el decreto 408 del gobierno nacional, facultando a los gobernadores de las provincias a liberar zonas del aislamiento, siempre que se cumplan ciertas condiciones establecidas en la misma norma.
"Hemos decidido junto a los jefes comunales de todo el territorio provincial, mantener el aislamiento social, preventivo y obligatorio tal cual viene funcionando en Mendoza hasta la fecha", sostuvo el gobernador de Mendoza a través de su cuenta de Twitter.
Y puntualizó: "El gran Mendoza: Capital, Guaymallén, Las Heras, Godoy Cruz, Luján, Maipú y Lavalle, está comprendido en área superior a 500.000 personas, por lo tanto por decisión presidencial seguimos igual. El resto de la provincia decidiremos junto a los Intendentes la manera de seguir una vez que se de a conocer el nuevo decreto de Presidencia".
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Las especificaciones se conocerán luego de que Suarez se reúna de manera virtual con los mandatarios comunales, este lunes a las 11 de la mañana. Por lo pronto, los cinco requisitos que deberán cumplir quienes quieran "flexibilizar" en sus departamentos son los cinco que detalla el decreto 408. A saber:
1. El tiempo de duplicación de casos confirmados de Covid-19 no debe ser inferior a QUINCE (15) días. Este requisito no será requerido si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.
2. El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la potencial demanda sanitaria.
3. Debe existir una evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto del riesgo socio-sanitario con relación a la densidad poblacional del área geográfica involucrada.
4. La proporción de personas exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, no podrá superar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la población total del Departamento o Partido, según corresponda.
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5. El Departamento o Partido comprendido en la medida no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos "con transmisión local o por conglomerado".
En otro orden de cosas, queda por definir la cuestión de las salidas recreativas, las cuales serían aplicadas según la terminación del DNI.
Del 1 al 5 tendrían permitido salir los lunes, miércoles, viernes; entretanto que los documentos terminados del 6 al 0 lo harían martes, jueves y sábado.
Todo los demás, el detalle fino de lo que vendrá, se sabrá en el curso de este mismo lunes. Habrá que esperar.