Mendoza reglamentó una ley para quienes buscan a sus bebés robados

El "Programa Provincial de Búsqueda Familiar, de Identidad Biológica, de Origen y Socioafectivo" ya cuenta con un marco legal.

Mendoza reglamentó una ley para quienes buscan a sus bebés robados

Por: Mendoza Post

La ONG Colectivo Mendoza por la Verdad celebró la reglamentación de la Ley 9182/19 - Decreto N° 937/21, que le da marco legal al "Programa Provincial de Búsqueda Familiar, de Identidad Biológica, de Origen y Socioafectivo", destinado a brindar asistencia y contención a todas las víctimas de sustitución o pérdida de identidad.

De esta manera, Mendoza se convierte en la primera provincia del país en contar con una Ley reglamentada.

"Mendoza por la Verdad" se formó en 2015 y la intención es buscar hijos desaparecidos, cuyos padres denuncian que fueron arrebatados al nacer.

La Justicia provincial investiga el supuesto robo de bebés en el Hospital Lagomaggiore durante los años '80 y '90: las denuncias exponen un mismo "modus operandi" de enfermeras y médicos, que habrían sacado provecho de mujeres en situación de vulnerabilidad para sustraer a los recién nacidos, dándolos por fallecidos.

El colectivo está conformado por madres y padres que buscan a sus bebés arrebatados al nacer, hijos que buscan su identidad de origen y biológica y hermanos en todos los tiempos.

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La flamante Ley, está destinada a "las personas que presumieran que su identidad ha sido suprimida o alterada por hechos concomitantes o posteriores a su nacimiento y las personas adoptadas, cualquiera sea la fecha en que ésta se hubiere producido. A tales efectos, quedan comprendidos los hijos, padre, madre, nietos y supuestos hermanos de la persona cuya identidad hubiera sido alterada o suprimida".

El "Programa Provincial de Búsqueda Familiar, de Identidad Biológica, de Origen y Socioafectivo" funcionará bajo la órbita del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, con anclaje en la Dirección de Derechos Humanos, el Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia y el Consejo Asesor Mixto de Adopción y Familia y, complementariamente en articulación con el Banco Provincial de Datos Genéticos de la Provincia o los organismos que en adelante los reemplacen.

Los objetivos específicos:

a) Otorgar asesoramiento jurídico y legal en forma gratuita a todas las víctimas de sustitución de identidad y/o familiares, independientemente del año de su nacimiento.

b) Intervenir en todos los casos de supresión y/o alteración de la identidad biológica de una persona de los que tome conocimiento, sea por la solicitud de un interesado legitimado, organismo público o entidad privada vinculada por su objeto a la búsqueda de identidad biológica; pudiendo actuar de oficio, a los fines de facilitar y/o impulsar las acciones e investigaciones necesarias para determinar la verdadera identidad biológica.

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c) Facilitar los recursos de que disponga para las búsquedas particulares.

d) A instancia del interesado legitimado, gestionar el acceso a toda la información relacionada con la propia identidad biológica, que conste en los diversos registros de organismos estatales y privados, por medios administrativos o judiciales, especialmente la que se encuentra en los bancos de datos genéticos.

e) Gestionar la provisión de los medios que promuevan la realización gratuita del examen de compatibilidad de ADN (ácido desoxirribonucleico), vínculo biológico, en aquellos casos que sea necesario para la constatación de la identidad biológica.

f) Coordinar con los poderes legislativo y judicial la realización de acciones conjuntas y complementarias que agilicen y faciliten el acceso a la información.

Ver también: Carta de una mujer de Mendoza a Alberto por el robo de su beba

g) Procurar a víctimas de supresión o alteración de identidad, asistencia vinculada a su salud mental.

h) Celebrar convenios de cooperación con las diferentes organizaciones gubernamentales y de la sociedad civil, vinculadas a la temática.

i) Promover la participación de toda la sociedad en la búsqueda de la identidad de origen y biológica.

j) Crear conciencia social acerca de la importancia de la adopción de niñas, niños y adolescentes, a fin de desalentar todas las acciones ilícitas que derivan en la sustitución de identidad.

k) Difundir a toda la población, las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las investigaciones, con el debido resguardo de la intimidad de las personas involucradas.

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l) Determinar el tipo de estudios y/o análisis que deban practicarse en cada supuesto en que sea requerida su intervención para determinar un patrón genético, de conformidad con los últimos, mejores y modernos criterios médicos y científicos.

A solicitud de las personas que presuman que su identidad ha sido suprimida o alterada, los profesionales del programa gestionarán "el acceso libre y gratuito a toda documentación y registros de partos, nacimientos, neonatología y defunciones obrantes en hospitales y clínicas, estatales o privadas, nacionales; provinciales o municipales, en los Registros del Estado Civil y Capacidad de las Personas y/o cualquier otro organismo que pueda proporcionar información útil".

Finalmente, se excluyen los casos de la temática que correspondan a competencia federal por ser presuntas personas nacidas de desaparecidas y/o detenidas durante el periodo de gobierno militar desde el 24 de marzo de 1976 al 9 de diciembre del año 1983.

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