En Mendoza, cerca de 100 denuncias por violencia laboral en un año

Son 96 los hechos tratados en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de la Provincia. El tipo de violencia más repetido es el psicológico.

En Mendoza, cerca de 100 denuncias por violencia laboral en un año

Por: Mendoza Post

 La Subsecretaría de Trabajo y Empleo -organismo encargado a través de sus profesionales de abordar los casos- recibió 96 denuncias entre enero de 2021 y el 8 de abril de 2022 y la mayor cantidad de denuncias fueron hechas por mujeres (59%). También se pudo conocer que la mayoría de las acusaciones provienen del ámbito privado: 68%, y del público se registró 32%.

Es importante señalar que la ley, en uno de sus artículos, menciona que se considera violencia laboral a toda conducta de acción u omisión, directa o indirecta, disposición, criterio o práctica, ejercida en el ámbito laboral que atente contra la vida, dignidad, libertad, seguridad personal, integridad física, moral, sexual, psicológica o social de los trabajadores o trabajadoras. Se considerará que la violencia laboral reviste especial gravedad cuando la víctima se encontrare en una situación de particular vulnerabilidad, por razones de edad, estado de salud, inferioridad jerárquica u otra condición análoga.

Cabe destacar, en cuanto al tipo de violencia registrado en las denuncias hechas en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, que el mayor porcentaje es psicológica.

Las víctimas que sufren violencia laboral pueden realizar su denuncia a través de la línea 148 opción 8 o dirigirse personalmente a las delegaciones de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo que existen en todos los departamentos de Mendoza o en los sindicatos. También pueden escribir un correo a lcabrera@mendoza.gov.ar.

La aplicación de la presente ley se extiende al ámbito de toda la administración pública provincial y municipal, y a toda vinculación, relación o contrato laboral desarrollado en el ámbito privado.

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El subsecretario de Trabajo y Empleo expresó que desde la cartera a su cargo "abordamos los casos que se denuncian por violencia laboral en aras de generar ámbitos de trabajo decente y exentos cualquier tipo de violencia en protección de los trabajadores y también de la producción y fundamentalmente de la preservación de la fuente laboral".

"Entendemos que la disminución de la conflictividad laboral con políticas preventivas como la exigencia de contar con protocolos de convivencia contribuyen a desnaturalizar los comportamientos violentos en el trabajo con serias consecuencias en la integridad física y psicológica de trabajadores y trabajadoras. A esos efectos, la oficina de prevención y abordaje de la violencia laboral, en la órbita de la subsecretaría, brinda asesoramiento tanto a trabajadores como a las entidades sindicales a fin de determinar en qué casos el trabajador es víctima de violencia en el trabajo y cuáles son los remedios administrativos que disponemos para revertir la situación, procurando acercar a las partes en crisis y proponiendo fórmulas de conciliación", agregó Segura.

La mayoría de las denuncias fue realizada por mujeres.

Procedimiento de la denuncia

El procedimiento de violencia laboral podrá iniciarse mediante denuncia efectuada por la víctima, testigo o tercero que haya tomado conocimiento del hecho, denuncia formulada por la representación sindical de la actividad o por el organismo estatal que lo advierta.

Respecto de las medidas de protección, la ley indica que, una vez ingresada la denuncia, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo podrá sugerir acciones tendientes a la protección del trabajador o trabajadora, debiendo el responsable o superior jerárquico adoptar las medidas conducentes a preservar la integridad psicofísica de aquel o aquella, conforme los procedimientos tendientes a investigar, mitigar y sancionar la violencia. A su vez, se resalta que toda denuncia por violencia laboral deberá estar acompañada del relato circunstanciado de los hechos y de las pruebas que sirven de sustento.

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