Cobos criticó el proyecto para modificar el Indec

El diputado nacional por Mendoza (JxC) salió con los tapones de punta por el proyecto que envió el ministro de Economía, SErgio Massa, al Congreso.

Cobos criticó el proyecto para modificar el Indec

Por: Leonardo Otamendi

El Poder Ejecutivo envió al Congreso Nacional un proyecto de ley para "fortalecer la independencia del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec)", asegura el texto. Fue el ministro de Economía, Sergio Massa, quien giró a la casa de las leyes la iniciativa, la cual argumenta el oficialismo propone transformarlo en un ente descentralizado y autárquico con autonomía funcional, y con autoridades elegidas a través del Poder Legislativo, entre otras propuestas. No tardaron en llegar las críticas. Uno de los que hizo punta fue el diputado nacional por Mendoza Julio Cobos (Juntos por el Cambio).

El ex gobernador mendocino  cuestionó la dependencia de la autoridad del organismo de estadísticas hacia el Poder Ejecutivo. "No logra la independencia porque la designación del Director/a Ejecutivo/a del INDEC debe realizarse por el Ejecutivo con acuerdo del Senado, pero también puede hacerlo en "comisión" solo el Ejecutivo, lo que implica la falta de independencia del funcionario designado", aseguró Cobos.

Desde el Gobierno sostienen que uno de los objetivos de actualizar la normativa vigente, que tiene más de 50 años. Con esta mofificación se busca adaptar la producción estadística a las nuevas prácticas internacionales y fortalecer la independencia y coordinación del Sistema Estadístico Nacional, sostiene el texto.

Julio Cobos.

Aunque el proyecto asegura que se busca el fortalecimiento institucional, el espíritu de la norma modifica la naturaleza jurídica del Indec como un ente descentralizado y autárquico con autonomía funcional (en lugar de un organismo desconcentrado, como se encuentra actualmente), de manera de garantizar su independencia funcional y económica.

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Cobos resume a través de Twitter que la iniciativa "establece que la remoción del Director/a Ejecutivo/a será decretada por el Ejecutivo Nacional sin intervención del Senado. Una muestra más de la falta de independencia que coloca a la cabeza del supuesto organismo autárquico, a tiro de decreto".

Sucede que  se propone que el nombramiento de autoridades se modifique: el director ejecutivo será designado por el Poder Ejecutivo Nacional, pero deberá tener el acuerdo del Senado, mientras que del director técnico será designado por el director ejecutivo, previo concurso público de antecedentes y oposición.  

Ambos tendrán una duración en el cargo de 5 años, para garantizar la continuidad ante los cambios en el Poder Ejecutivo, y deberán contar con "reconocida trayectoria, alta calificación profesional e idoneidad en materia estadística o disciplinas afines", confirmaron a Télam fuentes oficiales.

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El proyecto crea también la "Comisión Bicameral de Seguimiento del Sistema Estadístico Nacional", que tendrá a su cargo en el Congreso la función de promover mejoras metodológicas, nuevas operaciones y productos estadísticos que atiendan las demandas de información de la población.

Además, podrá recomendar sobre la remoción por incumplimiento o mal desempeño del director ejecutivo del instituto.

En cuanto a la modernización de la producción estadística, se incorpora una definición específica de Registros Administrativos (RR.AA.) y, para asegurar la protección de los datos, se fortalece el secreto estadístico, las condiciones de confidencialidad, y los protocolos de procesamiento y almacenamiento de los datos.

Por otro lado, bajo recomendación de los organismos internacionales, se adhiere a los Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales de la ONU y las buenas prácticas, principios a los cuales deberán ajustarse todos los organismos productores de estadísticas oficiales.

Se incluye además un capítulo específico sobre calidad de las estadísticas, en el que se establece el compromiso de evaluar, mejorar y resguardar continuamente la calidad de las estadísticas oficiales en términos de pertinencia, oportunidad, imparcialidad, transparencia, y comparabilidad, al mismo tiempo que se fijan las pautas esenciales de divulgación y difusión estadística.

Por último, se incorpora también por primera vez y de manera explícita en la legislación la obligatoriedad de elaboración de un programa estadístico plurianual, con el objetivo de definir el desarrollo estratégico de las estadísticas oficiales y la coordinación de la producción entre los distintos organismos del Sistema Estadístico Nacional.

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