La Anmat prohibió un nebulizador, un pañal y dos productos estéticos

Las disposiciones fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial.

La Anmat prohibió un nebulizador, un pañal y dos productos estéticos

Por: Mendoza Post

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el país de dos productos estéticos, un pañal y un nebulizador, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Con la disposición 2461/2020, la entidad informó sobre el robo de tres cabezales marca Alma, instrumento utilizado para la depilación definitiva, una matriz de Diodo que funciona como fuente de emisión de luz láser de 810/755 nm de longitud de onda.

Con el fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de ese producto, del que se desconoce su estado y condición, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió prohibir el uso, la comercialización y distribución de los cabezales rotulados como: "Alma For you For life, Diode 810nm SN Ice122001858", "Alma For you For life, Diode 810nm SN Ice122002307" y "Alma For you For life, Diode 810nm SN Ice121000789".

También en la disposición 2462/2020, se comunicó que la firma Sirex Médica S.A. notificó también el robo de un cabezal trío serie PLT3D2001119 del producto médico SOPRANO ICE PLATINUM a un cliente y por las mismas razones decidieron retirarlo del mercado.

La Anmat señaló en la disposición 2545/2020 que prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto obtenga las debidas autorizaciones, de todos los productos rotulados como: "Pañal desechable para incontinencia, Ambos Plus, DESCARTABLE OESTE SACI" y cualquier producto descartable de uso externo que indique ser elaborado/fabricado por la firma DESCARTABLE OESTE SACI con domicilio en la Avenida Julio A. Roca N° 2757 de la localidad Hurlingham.

Según informaron, se trata de unidades de las que se desconocen sus condiciones de elaboración y/o fabricación.

Por último, en la disposición 2546/2020, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (ex DVS) sugirió prohibir todos los lotes de los productos rotulados como: 1.- "NEBUSONIC nebulizador ultrasónico - Industria Argentina - indicado en todas las afecciones respiratorias. Asma. Alergia. Bronquitis. Sinusitis. etc.", 2.- Tubo orofaringeo "Hudson RCI - One disposable Cat. No. 1167 - CATH - GUIDE - AIRWAY - 100 MM - No. 10, MEDIUM ADULT" y 3.- " Gel ULTRA SON - Gel conductor neutro - Medio de contacto conductor, soluble en agua, para procedimientos de diagnóstico y electromedicina. Permite la transmisión de ondas de manera eficiente. Hipoalergénico, no tóxico. No irrita ni mancha la piel y no daña los equipos. Elaborado y envasado por DAFTOR, VICTORIA - PBA - ARGENTINA. Res 155/98".

El informe indica que "no se puede asegurar que éstos cumplan con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de estos tipos de productos médicos, por lo que revisten riesgo sanitario para los eventuales usuarios".

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