Los primeros aumentos sin la Ley de Alquileres: cómo calcular la suba

Este mes, algunos inquilinos tendrán los primeros ajustes no regidos por la antigua legislación. De cuánto será el ajuste para los que mantienen las subas anuales.

Los primeros aumentos sin la Ley de Alquileres: cómo calcular la suba

Editó: Mariano Rivas

Después de la derogación de la Ley de Alquileres, los nuevos contratos entre propietarios e inquilinos quedaron sin restricciones en cuanto al índice de ajuste y al plazo entre actualizaciones. La nueva normativa comenzó a regir en enero de este año, lo que significa que a partir de abril se sentirán los primeros aumentos post Ley de Alquileres.

Estos les llegarán a aquellos inquilinos firmaron nuevos contratos en enero y pactaron subas trimestrales. Debido a que la inflación se disparó mucho en estos meses, se espera que el ajuste sea muy importante.

La Ley de Alquileres fue derogada en el marco del mega DNU de Milei, a fines de diciembre.

Sin embargo, tanto si se toma como base para el aumento el índice de inflación publicado por el Indec (IPC) como si se parte del Índice para Contratos de Locación (ICL), habrá que esperar a mediados de abril para conocer los datos de marzo y saber con certeza de cuánto es la suba. Esto se debe a que es recién por esa fecha cuando el Indec publica el IPC, y el Banco Central elabora el ICL en base al mismo.

El ajuste anual será de casi 200%

Por otro lado, los inquilinos que firmaron sus contratos de alquiler entre julio de 2020 y el 17 de octubre de 2023 se enfrentan a un ajuste anual del 197,7% en abril. Este porcentaje se calcula a partir del Índice de Contratos de Locación (ICL), que combina la evolución de la inflación (IPC) y los salarios (RIPTE).

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El elevado aumento se explica por la alta inflación registrada en los últimos meses, especialmente en 2023. El ICL toma como referencia el índice de precios al consumidor (IPC) del Banco Central y el índice de salarios RIPTE del Ministerio de Trabajo.

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La Ley de Alquileres, ya derogada pero todavía aplicable para quienes firmaron contrato mientras estaba vigente, establece un plazo mínimo de alquiler de tres años. 

Para más información sobre el ICL y el ajuste de los alquileres, se puede consultar la página web del Banco Central de la República Argentina: https://www.bcra.gob.ar/.

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