Ampliaron los rubros para la tarjeta del Mendoza Activa

A partir de ahora, el saldo se podrá usar para cargar combustible, comprar medicamentos, ropa, indumentaria deportiva, de playa y uniformes escolares.

Ampliaron los rubros para la tarjeta del Mendoza Activa

Por:Evangelina Argüello

El programa Mendoza Activa,  del Ministerio de Economía de la provincia,  esta destinado a  personas físicas, personas jurídicas o empresas. Consiste en reintegrar hasta el 40% de la inversión que se haga,  ya sea para comprar stock para un negocio de ropa, por ejemplo, para construir o ampliar la casa o para la compra de maquinarias.

Del 40% (en algunos casos puede ser hasta 50%), el Estado devuelve una parte a través de una transferencia bancaria, otra parte la devuelve a través de la billetera virtual y otra como crédito fiscal para pagar el impuesto de Ingresos Brutos, también a través de la billetera.

El Decreto N°966/2020 y el Decreto Nº 1067/2021 establecían para el caso de la "Tarjeta de consumo", que la misma podrá ser realizada como tarjeta pre paga (gift card) o mediante la instrumentación de una billetera virtual, debiendo destinarse el setenta y cinco por ciento (75%) al consumo dentro de la Provincia y el veinticinco por ciento (25%) al pago de bienes y servicios determinados por el Programa de Mendoza Activa.

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Ahora, el Ministerio de Economía entiende que existe la necesidad de ampliar las actividades que serán beneficiadas con el 25% de afectación específica de la Tarjeta de Consumo. 

Es por eso que este lunes fue publicada en el Boletín Oficial de Mendoza la Resolución Nº 1688, mediante la cual, el Ministro de Economía y Energía, Enrique Vaquié,  autoriza la nueva nómina para el consumo de bienes y servicios.

Nuevos rubros

-Venta al por menor de ropa interior, medias, prendas para dormir y para la playa

-Venta al por menor de uniformes escolares y guardapolvos

-Venta al por menor de indumentaria para bebés y niños

-Venta al por menor de indumentaria deportiva

-Venta al por menor de combustible para vehículos automotores y motocicletas, excepto en comisión y la realizada por refinerías.

-Venta al por menor de productos farmacéuticos y herboristería.

-Venta al por menor de medicamentos de uso humano.

Resolución Nº 1688

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