El intendente de Ministro Ramos Mexía junta firmas para expulsar a un exconvicto de la localidad. La forma más cercana a esta postura que tiene registro en Mendoza es la declaración de "persona no grata". ¿Qué significa y qué efecto tiene?
Persona no grata: la campaña en Río Negro y el "antecedente" mendocino
El caso estalló en Río Negro, pero el eco político se expande. El intendente de Ministro Ramos Mexía, Nelson Quinteros, lanzó una campaña pública para recolectar firmas y expresar el repudio al arribo a la localidad de Miguel Levin, un hombre recientemente liberado tras cumplir condena por homicidio. La iniciativa, insólita por su carácter institucional, apuntó directamente al Ministerio Público Fiscal, al que el jefe comunal acusó de "alterar la tranquilidad del pueblo".
El posteo que Quinteros hizo en sus redes sociales no dejó margen a dudas: "No vamos a permitir que personas de afuera vengan a alterar el orden y la tranquilidad de nuestro pueblo". Según explicó, Levin está en situación de calle, bajo tratamiento de salud mental, y sin familiares ni contención en Minstro Ramos Mexía. Aunque legalmente nada impide su residencia allí, el intendente avanza con una cruzada para forzar su salida.
Este episodio reavivó el recuerdo de un antecedente ocurrido en Cipolletti, también en Río Negro. En 2010, el entonces intendente Alberto Weretilneck impulsó una campaña para expulsar al clan Montecino, señalado como responsable del narcotráfico y de generar un clima de violencia en la ciudad. La idea de que un intendente pueda "echar" a alguien quedó instalada en esa provincia como un símbolo, más que como una posibilidad real.
Ver: Un intendente junta firmas para echar a un vecino indeseado
En Mendoza no hay registro reciente de intentos similares, aunque el uso más cercano a esta postura es la declaración de "persona no grata". Un ejemplo ocurrió en 2021, cuando el por entonces diputado nacional Alfredo Cornejo fue declarado "persona no grata" por el Concejo Deliberante de Santa Rosa. La comuna pejotista se pronunció de este modo luego de dichos hacia la intendenta Flor Destéfanis.
La resolución fue aprobada por mayoría y tuvo un tinte de repudio institucional por considerar que fueron dichos misóginos. Sin embargo, en junio de 2024, el mismo cuerpo revocó la declaración. La propuesta fue presentada por la concejal Norma Trigo y acompañada por Cambia Mendoza y parte del Frente Santarrosino.
@alfredocornejo deja de ser persona no grata en Santa Rosa. En sesión aprobamos el Proyecto de Resolución que deja sin efecto la resolución 02/2021 que declaraba persona no grata al en ese entonces Diputado Nacional y actualmente Gobernador de Mendoza. pic.twitter.com/8bF7N8WKde
— Norma Trigo (@NormaVTrigo) June 4, 2024
Otro caso reciente tuvo como protagonista a la diputada nacional Mercedes Llano, aunque en este caso fue ejecutada por una institución y no por un estado municipal. En 2024, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo la declaró "persona non grata" junto a otros dos legisladores mendocinos que votaron a favor del veto presidencial de Javier Milei contra la Ley de Financiamiento Universitario. Llano, que además es profesora en la casa, denunció una campaña de persecución ideológica y acusó a la universidad de estar partidizada. El Partido Demócrata de Mendoza también repudió la resolución y advirtió sobre el riesgo de incitación a la violencia contra los legisladores.
Estas situaciones tienen en común el uso de una figura cargada de simbolismo pero carente de eficacia jurídica. La expresión "persona non grata" proviene del Derecho Internacional y está regulada por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961. En ese tratado, se establece que un Estado puede declarar "persona non grata" a un miembro de una misión diplomática extranjera, sin necesidad de justificación. Esa declaración obliga al Estado acreditante a retirar al diplomático o cesar sus funciones, y en caso contrario, el país receptor puede dejar de reconocerlo como parte de la misión. Es decir, se trata de un mecanismo legal específico para relaciones entre Estados soberanos.
En cambio, cuando esta figura es usada por concejos deliberantes, universidades, municipios o cualquier institución local, no tiene efecto legal alguno. No existe norma en la legislación argentina que habilite a una entidad subnacional a expulsar o sancionar a alguien por esta vía. No puede usarse para impedir que una persona circule, resida, trabaje o ejerza un cargo, ni tampoco para restringir su libertad de expresión o representación. Si se intentara hacer cumplir por la fuerza, podría ser judicialmente impugnado e incluso denunciado como acto de discriminación o persecución política.



