Le rechazaron a un médico el reclamo por tope salarial

El Gobierno ratificó la vigencia de la Ley 8727 (tope salarial) y de su régimen de 44 horas con bloqueo de título.

Le rechazaron a un médico el reclamo por tope salarial

Por: Federico Lemos

 El Decreto Nº 2124 publicado este jueves en el Boletín Oficial resolvió "aceptar formalmente y rechazar sustancialmente" el recurso presentado por Gerbaudo contra la Resolución Nº 1726/24, que había negado dos pedidos: la inaplicabilidad de la Ley 8727 (tope de remuneraciones) y la reducción de carga horaria. El acto fue firmado por el gobernador Alfredo V. Cornejo y el ministro Rodolfo Montero.

Según el texto, la administración sostuvo que la Ley 8727 es de orden público y se aplica "con preeminencia" sobre cualquier otra norma o acuerdo colectivo, salvo excepción expresa dictada con posterioridad, algo que -se remarcó- no ocurrió. Por eso, los argumentos que invocaban actas paritarias (como la Ley 7759 y referencias a la Ley 9350) no habilitan a excluir el tope salarial.

El decreto también descartó un supuesto trato discriminatorio o desvío de poder. Con apoyo en doctrina y jurisprudencia sobre igualdad ante la ley (art. 16 de la Constitución), la Provincia concluyó que no se verificaron privilegios ni excepciones a favor o en contra del profesional.

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En relación con la reducción horaria, la cartera sanitaria citó el informe técnico que indica que el médico posee un cargo de 44 horas con bloqueo de título, por lo cual "no es posible efectuar la reducción solicitada". Por ese motivo, la Resolución 1726/24 se mantuvo vigente y el recurso fue rechazado.

El acto recuerda que el recurso fue presentado en término (art. 179 de la Ley de Procedimiento Administrativo) y que tanto la Dirección de Asuntos Jurídicos del ministerio como Asesoría de Gobierno dictaminaron por desestimar la apelación. La publicación constó en el Boletín Oficial32471 del 6/11/2025. Fuente: Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza.

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