Un contrato millonario para mantener el 911 en Mendoza

La empresa INTEMA COMUNICACIONES S.A. fue la única oferente en la licitación pública convocada por el Ministerio de Seguridad y Justicia. El contrato cubre mantenimiento preventivo y correctivo por dos años.

Un contrato millonario para mantener el 911 en Mendoza

Por: Santiago Montiveros

Mediante el decreto 806, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno de Mendoza adjudicó a la empresa Intema Comunicaciones S.A. la prestación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la Plataforma 911 y CEOS durante un plazo de 24 meses

El monto total del contrato asciende a U$S 1.547.352, equivalentes a $1.588.356.828 según el tipo de cambio oficial del Banco Nación vigente al 22 de noviembre de 2024 (día anterior a la apertura de sobres con las ofertas), fijado en $1026,50 por dólar.

La contratación fue tramitada por el Ministerio de Seguridad y Justicia, y responde a la necesidad de garantizar el funcionamiento continuo de los sistemas de respuesta de emergencia en la provincia. 

De acuerdo con el expediente, la empresa Intema fue la única oferente que se presentó y su propuesta fue evaluada positivamente en el informe técnico, "ajustándose a los requerimientos estipulados en los pliegos de bases y condiciones".

Según se detalla en el decreto, el gasto correspondiente a los primeros 10 meses del servicio, equivalente a $661.815.345, será imputado al presupuesto vigente del año 2025. Además, se autoriza a los servicios administrativos a efectuar los pagos en función de la cotización del dólar al momento del desembolso, contemplando las diferencias cambiarias que pudieran surgir.

El contrato abarca tanto el mantenimiento del sistema de emergencias 911 como de los CEOS (Centros Estratégicos de Operaciones), clave en la gestión tecnológica de la seguridad en la provincia.

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La adjudicación fue aprobada por las distintas instancias administrativas y legales correspondientes, incluyendo la Dirección de Asesoría Letrada del Ministerio, Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia.

El decreto:

Visto el Expediente Electrónico N° EX-2024-05379572-GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se gestiona la ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PLATAFORMA 911 y CEOS, POR EL LAPSO DE VEINTICUATRO (24) MESES, con destino a atender necesidades del Ministerio de Seguridad y Justicia;

Que la mencionada contratación se tramitó mediante Licitación Pública conforme lo dispuesto por los artículos 139, 140 y 142 de la Ley Nº 8706;

Que en orden 48 obra Decreto N° 2147 de fecha 28 de octubre de 2024, mediante el cual se autorizó el llamado a licitación pública para la adquisición mencionada ut-supra;

Que en orden 53 obra solicitud de Contratación/Requerimiento N° 11606-139-SCO24, debidamente autorizada por la Dirección de Administración del Ministerio de Seguridad y Justicia;

Que en orden 54 obra constancia de publicación de pliegos de fecha 04 de noviembre de 2024;

Que en órdenes 55 y 56 obran constancias de publicación en el Boletín Oficial N° 32225 de fecha 04 de noviembre de 2024;

Que en orden 57 obran invitaciones a proveedores N° 11606-0056-LPU24;

Que en orden 58 obra certificado de publicación en el portal Web de la Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes, y listado de proveedores invitados a la licitación pública N° 56/2024-116;

Que en orden 62 obra acta de apertura de ofertas de fecha 25 de noviembre de 2024, de la cual surge una (01) oferta confirmada;

Que en órdenes 64/78 obra oferta base de la Razón Social INTEMA COMUNICACIONES S.A.;

Que en orden 74 obra cuadro comparativo de oferta;

Que en orden 79 obra informe técnico, el cual concluye que: "...En Función de lo analizado y descripto esta instancia técnica, sugiere salvo opinión superior o algún impedimento administrativo, legal u otros aspectos que excedan a las incumbencias profesionales de esta instancia, adjudicar al Oferente 1: INTEMA COMUNICACIONES S.A., en su oferta base por ser el único oferente y ajustarse técnicamente a lo solicitado.", contando con el visto bueno de la Dirección de la Subsecretaría de Tecnología Aplicada a la Seguridad del Ministerio de Seguridad y Justicia en orden 81;

Que en orden 83 obra mejora de oferta de la Razón Social INTEMA COMUNICACIONES S.A., de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 132 inc. k) Pto. 2 de la Ley N° 8706;

Que en orden 86 (Págs. 43/45) la Comisión de Preadjudicación del Ministerio de Seguridad y Justicia sugiere: "...PREADJUDICAR A LA FIRMA INTEMA COMUNICACIONES S.A. EL RENGLÓN 01 DE OFERTA BASE, con características detalladas en cuadro comparativo de ofertas y ANEXO I por un total de USD 1.547.352,00 DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 00/100. Lo que al tipo de cambio del dólar oficial del BNA del día anterior a la apertura (22/11/2024) representa la suma total de $ 1.588.356.828,00 PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 (resultante de multiplicar USD 1.547.352,00 x $ 1026,50). MOTIVO: Ajustarse a lo requerido según indica informe técnico - único oferente...";

Que en orden 98 obra volante de imputación preventiva, comprobante N° 283/25, contando con el visto bueno de la Dirección de Administración del Ministerio de Seguridad y Justicia en orden 100 y debidamente intervenido por los servicios administrativos de la Contaduría General de la Provincia en orden 115;

Que en orden 104 Dirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad y Justicia efectúa el análisis jurídico y concluye: "...A sus efectos corresponde al Sr. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA, la suscripción del Acto Administrativo en cuestión, acorde a lo normado por el artículo 146 de la Ley N° 8706. En virtud de lo expresado en el presente dictamen, este Servicio Jurídico no tiene objeciones que formular con relación a la emisión acto administrativo idóneo a fin de adquirir los bienes solicitados, al efecto deberán tenerse en especial consideración los pasos procedimentales que dispone la Ley N° 8706 y el Decreto N° 1000/15, debiendo someterse expresamente a dichas pautas...".

Que en orden 121 luce dictamen favorable de Fiscalía de Estado;

Que en consonancia con lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad y Justicia en orden 104, la Dirección de Asuntos Administrativos de Fiscalía de Estado en orden 121, compartidos por el Fiscal de Estado en orden 123, y en el marco de las previsiones del Art. 37 de la Constitución de Mendoza, Arts. 80, 92, 139 y cc. de la Ley N° 8706, Arts. 80, 149 y cc. del Decreto N° 1000/15, Pliegos de Bases y Condiciones Generales de la DGCPYGB, Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, Arts. 28 a 45, 112, Ap. III. de la Ley N° 9003, y normas que resultan aplicables analógica, supletoria o subsidiariamente, puede procederse a la ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PLATAFORMA 911 y CEOS, POR EL LAPSO DE VEINTICUATRO (24) MESES, con destino a atender necesidades del Ministerio de Seguridad y Justicia,

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Adjudíquese la Licitación Pública N° 56/2024-116, autorizada mediante Decreto N° 2147 de fecha 28 de octubre de 2024, a la Razón Social "INTEMA COMUNICACIONES S.A.", C.U.I.T. N° 33-70859408-9, su oferta base (con mejora), de conformidad al pliego de bases y condiciones generales de orden 11, pliego de condiciones particulares y pliego de especificaciones técnicas de orden 14 y solicitud de Contratación/Requerimiento N° 11606-139-SCO24 de orden 53, para la ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PLATAFORMA 911 y CEOS, POR EL LAPSO DE VEINTICUATRO (24) MESES, con destino a atender necesidades del Ministerio de Seguridad y Justicia, por el monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 00/100 (USD 1.547.352,00) equivalentes a la suma total de PESOS UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 ($ 1.588.356.828,00), teniendo en consideración el tipo de cambio del dólar oficial del BNA del día anterior a la apertura (22/11/2024) (USD 1 = $ 1026,50), por ajustarse a lo requerido según indica el informe técnico, ser único oferente y conforme lo sugerido en el acta de pre adjudicación de orden 86, imputando al presente ejercicio la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 661.815.345,00), correspondientes a diez (10) meses.

Artículo 2° - El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior será atendido con cargo a la Cuentas General: U.G.C.: J20072 Eco: 41301 Fin: 145 - U.G.G.: J00098 del presupuesto vigente año 2025.

Artículo 3° - Autorícese a los servicios administrativos del Ministerio de Seguridad y Justicia a afectar el importe total de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 661.815.345,00), con cargo a la Cuenta General: U.G.C.: J20072 Eco: 41301 Fin: 145 - U.G.G.: J00098 del presupuesto vigente año 2025.

Artículo 4° - Autorícese a la Dirección de Administración del Ministerio de Seguridad y Justicia a realizar los ajustes al volante de imputación preventiva de orden 98 de acuerdo al inicio efectivo de la contratación.

Artículo 5° - Autorícese a los servicios administrativos pertinentes a imputar, liquidar y pagar las diferencias de cambio que surjan entre el tipo de cambio vigente al día anterior a la apertura y el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente a la fecha del efectivo pago.

Artículo 6° - Autorícese a los servicios administrativos del Ministerio de Seguridad y Justicia, de acuerdo a la excepción prevista por el artículo 100, inciso b) de la Ley N° 8706, a realizar las correspondientes imputaciones en futuros ejercicios, conforme lo dispuesto precedentemente.

Artículo 7° - A fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley Nº 9003, se hace saber que el proveedor posee un plazo de quince (15) días hábiles, a partir de la fecha de la notificación, para interponer RECURSO DE REVOCATORIA (Arts. 177 y 178 de la Ley Nº 9003) o RECURSO JERARQUICO (Arts. 179, 180, 181 y 182 de la Ley Nº 9003). Asimismo, téngase presente que, en el caso de errores materiales, omisiones o conceptos oscuros, podrá interponer en el plazo de quince (15) días hábiles a partir de la fecha de la notificación un RECURSO DE ACLARATORIA (Art. 176 de la Ley Nº 9003).

Artículo 8º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

LIC. ALFREDO V. CORNEJO

MGTR. MARÍA MERCEDES RUS

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