No se llama "pornovenganza": es delito publicar imágenes íntimas

Una mujer policía se suicidió esta semana luego de que su ex pareja difundiera imágenes eróticas íntimas.

No se llama "pornovenganza": es delito publicar imágenes íntimas

Por:Ana Paula Negri
Periodista

Diarios de todo el país titularon con la palabra "pornovenganza" el caso de una mujer policía que se suicidó luego de su ex pareja divulgara imágenes íntimas de ella, en las redes sociales. Pero ese término está muy mal usado.

Belén San Román se disparó en la cabeza este 30 de noviembre, según su familia, porque no aguantó la vergüenza de que sus imágenes íntimas hubieran quedado expuestas públicamente debido a que su ex pareja, Tobías Villarruel, viralizara fotos y videos para extorsionarla. La agente incluso debió soportar que se le abra un sumario administrativo de Asuntos Internos de la Policía por esta difusión.

A raíz de este caso, la familia pide que se debata en el Congreso una ley que regule estos casos. Su papá, Marcelo San Román, dijo en declaraciones a los medios en estos días: "Espero que el día de mañana, cuando a alguien le quieran mostrar este tipo de cosas, lo piense y se acuerde de lo que pasó con Belén, que le diga a esa persona borralo, no lo reenvíes, acordate de lo que pasó con esa chica de Bragado", dijo el padre en declaraciones a la prensa.

Belén San Román junto a su papá.

No es "pornovenganza"

Si bien es un delito "la difusión no consentida de imágenes o videos íntimos en redes sociales, servicios de mensajería instantánea y cualquier tipo de medio social donde se comparte información" considerándola una extorsión, no debe llamarse "pornovenganza".

Primero porque el contenido difundido no es "porno", no son imágenes que la persona hizo buscando lucrar económicamente o provocar excitación sexual a terceras personas, según explica la periodista especialista Irina Sternik en su blog LadoB. Tampoco puede llamarse venganza porque "indica que el que difunde las imágenes se fue dañado por algo previamente".

Ver también: Una joven policía se quitó la vida porque su ex difundió videos íntimos

Ella menciona que "el nombre correcto es distribución no consentida de imágenes íntimas realizada con dolo, agravada si quien difunde el material tuvo una relación íntima de confianza", es decir, sextorsión.

Mientras se espera la aprobación de una ley que especifique este delito, el juez de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky a raíz del caso de Paula Sánchez Frega y la condena de Patricio Pioli incluyó la figura al código penal y se puede leer aquí.

Qué hacer si sos víctima

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación recomienda guardar todos los chats, correos electrónicos, capturas de pantalla y cualquier tipo de contenido que aporte información a los peritos informáticos para presentarlas en una fiscalía.

También se puede pedir que bajen el video o fotos de cada uno de los sitios donde se publicó. El artículo 16 de la ley 25.326 de Protección de Datos Personales establece que deben darlo de baja dentro de los 5 días hábiles a partir de tu denuncia. Para todo esto es habitual buscar asesoramiento legal.

Para denunciar se puede ingresar al área de denuncias de Con Vos en la Web y buscar la fiscalía que te corresponde por tu domicilio para presentar las pruebas.

Hasta el momento las dos leyes que protegen a los usuarios en estos casos son la Ley de Protección de Datos Personales y la Ley de Delitos Informáticos.

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