Cárcel a los 15 años: Así es el proyecto

Qué busca el gobierno. Cuáles son las penas a los delitos graves. Qué hacer con los chicos que cometen delitos menores. Cómo son las garantías, y las medidas restaurativas.

Cárcel a los 15 años: Así es el proyecto

Por:Ricardo Montacuto
Director Periodístico

El gobierno nacional presentará esta semana a sus legisladores el proyecto de ley que baja la edad mínima de imputabilidad de los menores de 16 a 15 años, y que contempla penas severas de cárcel para delitos tales como robo con arma de fuego, secuestro, violación, y asesinatos. La iniciativa contempla además una importante cantidad de herramientas de "contención", alternativas a la detención, para delitos menores. Y en todos los casos, los adolescentes que delinquen serán obligados a terminar sus estudios.

Los ministros de Justicia Germán Garavano, y de Seguridad Patricia Bullrich, serán los encargados de explicar el proyecto a los legisladores.

Los "papers" circulantes, que aún tienen forma de anteproyecto, ya han generado discusiones por anticipado. Sobre todo, en sectores del aparato judicial y de la política con visiones más bien garantistas -abolicionistas, en realidad-. Parte de la "grieta" nacional es, justamente, la seguridad, ya que los gobiernos kirchneristas, especialmente los de Cristina, han sido contemplativos con la delincuencia. Hasta tuvieron un "Vatayón Militante" de presos que hacían acción política K, en los penales más importantes de la provincia de Buenos Aires. La "puerta giratoria", las victimas que no eran escuchadas, los jueces y abogados "saca presos",  fueron dando volumen al problema.

De todos modos, una primera lectura al borrador y a los apuntes de apoyo que ya circulan en el oficialismo, permite deducir que el proyecto es mucho más que bajar la edad de imputabilidad de los menores, o mandar a la cárcel a los que matan o violan. De convertirse en ley, les quitará discrecionalidad a los jueces, y dará una cantidad importante de herramientas para insertar y preparar a los adolescentes para una etapa en que la cárcel, de ser posible, esté más lejos. Prohíbe el encierro a chicos inimputables, se ajusta a normativa de Derechos Humanos que el país viola, e incluso promueve medidas "restaurativas" en las que los adolescentes que cometieron delitos, y sus víctimas, resuelven en común con la mediación del Estado.

Ministra de Seguridad Patricia Bullrich.

Aunque es absolutamente opinable, muchos criticarán al proyecto por bajar la edad de imputabilidad. Pero la verdad es que se trata de un proyecto garantista, que tiene a darle a la sociedad un grado de certeza respecto de los menores que delinquen, y a estos, una oportunidad de sobrevida. Si este proyecto se convierte en ley, ningún chico de 15 años cumplirá una pena de más de 15 años de prisión, revisable además periódicamente.

El dato: En la región, muchos países fijaron la imputabilidad a partir de los 14 años (Chile, Paraguay, Colombia, Bolivia), otros la fijaron a partir de los 13 (Uruguay, Honduras, Nicaragua, Guatemala, Dominicana) y otros países a partir de los 12 años de edad y por ello han sido cuestionados por los organismos internacionales (Venezuela, Perú, Panamá, México, Brasil, Guatemala). De igual modo, España y Alemania, lo fijaron en 14 años de edad.    

Los puntos centrales

Los siguientes puntos fueron extraídos a modo de resumen, de la documentación entregada por el gobierno a sus legisladores. Y dan las pistas de por dónde discurrirá el proyecto, que aquí se puede leer completo:

1 - La edad mínima de responsabilidad penal

Será de 15 años, pero no es generalizada para todas las conductas que cometan los adolescentes de esa edad, sino solo para aquellos que se vean involucrados en delitos muy graves con penas de 15 años o más de prisión como homicidio, violación, robos con arma de fuego, secuestros extorsivos.

2 - Los juicios

Los adolescentes de 15 años que cometan delitos muy graves podrán ser sometidos a un debido proceso con el respeto a las garantías constitucionales y con sanciones acordes a la edad. Se hará con un sistema judicial especializado y acorde.

3 - Los de 16 a 18 años

Aquellos adolescentes de 16 a 18 años que cometan delitos con penas mayores a los 2 años, también podrán ser sometidos a un proceso con el respeto a las garantías constitucionales y con sanciones acordes a la edad.

4 - Encierro prohibido a inimputables

Prohibición expresa de adoptar medidas de encierro respecto de menores inimputables.

5 - Qué hacer con chicos que no pueden ser imputados

Todo aquel menor inimputable que infrinja la ley penal no será abandonado por el Estado y tendrá un abordaje adecuado. Deberá determinarse su participación en el delito y a partir de allí el juez deberá disponer su evaluación para determinar cuál es la mejor respuesta que debe aplicarse a su respecto. Puede ser derivado a programas de mediación y acuerdos restaurativos, a programas de protección integral de la niñez o a programas de salud mental en caso de consumos problemáticos. Siempre debe incluirse la obligatoriedad de culminar ciclo educativo.

La ley, en realidad, reduce las condiciones de encierro.

6 - Prisión preventiva

Se establecen los supuestos de procedencia, duración y revisión periódica, acordes con lo que marca la normativa internacional y las opiniones y fallos de la Comisión y Corte Interamericana de DDHH.

7 - Sanciones

Serán socioeducativas, disciplinarias y privativas de libertad como respuesta al delito. Siempre será obligatoria la finalización de los estudios. Las socioeducativas pueden ser asesoramiento, orientación, asistencia a programas educativos, de formación ciudadana, laborales, deportivos, recreativos, culturales, concurrencia a servicios de salud, tratamiento médico y psicológico. Las disciplinarias, van desde la amonestación, la prohibición de conducir vehículos, resarcimiento causado, prohibición o limitación de residencia, abstención de concurrir a determinados lugares, establecimientos o espectáculos o de relacionarse con determinadas personas, abstención de consumo de estupefacientes o de abuso de bebidas alcohólicas y prestación de servicios a la comunidad. Las privativas de la libertad serán siempre la última instancia y están reservadas para los menores de 15 años que cometan alguno de los delitos estipulados y para los de 16 a 18 que cometan delitos con penas mayores a los 10 años de prisión. Se establece expresamente que por fuera de esos supuestos no hay posibilidades de encierro.

8. El encierro

La pena de encierro debe ser fundada y revisable periódicamente. No puede encerrarse a menores con mayores, ni pueden hacerlo en dependencias de las fuerzas de seguridad. El personal de los centros de detención de menores debe ser civil y estar debidamente capacitado. Los centros deben contar con monitoreos externos permanentes. Queda prohibida la prisión perpetua. Las opciones son: domiciliarias, de fin de semana, en centro abierto, o en centro especializado.

9. Justicia Especializada

Supone órganos que cuenten con capacitación especializada en materia de adolescentes y exige brindar capacitación a las fuerzas de seguridad en derechos de la infancia/adolescencia.

10 - Respuestas restaurativas

Las medidas restaurativas implican una instancia de dialogo grupal, con la presencia fundamental de la víctima, victimario y comunidad afectada, que procura llegar a un acuerdo entre las partes, e integrarlas a la sociedad.

11 - Las garantías

Se trata de un proyecto de ley que establece el principio de excepcionalidad de las medidas privativas de libertad respecto de adolescentes en conflicto con la ley penal, tanto para el cumplimiento de la pena como para la prisión preventiva. Se prevé un capítulo específico en el que se desarrollan las garantías procesales, la defensa en juicio, el principio de inocencia, el derecho a ser oído, la doble instancia, el principio de oportunidad, los acuerdos conciliatorios y la suspensión del juicio a prueba. Se determinan las sanciones aplicables con una lógica que se aparta claramente del sistema tradicional punitivo de adultos, incorporando medidas que afianzan la idea de integración social y responsabilizar al joven que ha infringido la ley penal. Sólo prevé la privación de libertad en centros especializados para los delitos más graves. Ningún adolescente que cometa un delito grave, además, pasará más de 15 años en la cárcel.