Ley Bases: qué se quitó y qué se mantuvo de la reforma laboral

La nueva Ley "Bases", u "Ómnibus", se tratará la semana que viene. Se mantiene un capítulo de reforma laboral, pero acotada. Los puntos clave.

Ley Bases: qué se quitó y qué se mantuvo de la reforma laboral

Por: Mendoza Post

La disputa entre el gobierno de Javier Milei y los sindicatos no terminó en los términos pensados. Tras una serie de reuniones de último momento, en la Ley Bases, que obtuvo dictamen este jueves, se terminó incluyendo un capítulo de "modernización laboral" acotada

Si bien se contemplan muchas de las reformas que el Presidente impulsó en el capítulo frenado por la Justicia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, se quitaron los artículos resistidos por los sindicatos, entre ellos el de la llamada "cuota sindical".

Los puntos excluidos de la reforma laboral:

Cuota sindical. Es el artículo, por demás cuestionado por la CGT, que limitaba el descuento compulsivo, a todos los trabajadores (afiliados o no), de la llamada "cuota sindical": una suma pactada en los convenios colectivos de trabajo que, históricamente, sirvió para financiar las arcas de los gremios.

Bloqueos sindicales. Se quitó el artículo que consideraba como "justa causa" de despido a la participación en bloqueos sindicales o tomas de establecimiento. En cambio, se determinó que este punto sea incorporado al Código Penal, donde se buscará que una persona que impida ingresar a otra un establecimiento comercial o industrial pueda ser reprimido con seis meses a tres años de prisión.

Ultraactividad. No se avanzará en la eliminación del principio laboral que establece que un convenio colectivo de trabajo mantiene su vigencia hasta tanto no sea reemplazado por otro. Su desarticulación hubiese implicado que, en caso de no haber acuerdo de partes entre gremios y empleadores, se abran las negociaciones por rama de actividad, mermando la injerencia de los sindicatos.

Multas. Se quitan las sanciones económicas a empleadores por presentar trabajadores no registrados. Se busca, con esta medida, evitar la "industria del juicio laboral" que, según indicó el diputado radical Martín Tetaz durante su intervención en el plenario de comisiones, "no funcionó para incorporar trabajadores al trabajo registrado".

Las reformas que quedaron:

Período de prueba. Si bien se mantiene la vigencia de seis meses para la generalidad, este período de prueba se puede ampliar, aunque se contempló un plazo mayor para las Pymes. Podrá ser de hasta ocho meses en las compañías de seis y hasta cien trabajadores; y de hasta un año en las empresas de hasta cinco empleados.

Fondo de cese laboral (modelo Uocra). Este mecanismo sirve como alternativa a las indemnizaciones y deberá ser constituido mediante convenio colectivo de trabajo. El monto del aporte mensual, que no podrá superar el 8% del salario, corre únicamente por cuenta del empleador y constituirá un fondo de cese laboral. El proceso administrativo, en tanto, deberá ser reglamentado por la Secretaría de Trabajo.

Discriminación. Se estipula un "agravamiento indemnizatorio" en los despidos que, tras una sentencia judicial, se pruebe que estos fueron motivados por un acto discriminatorio.

Simplificación registral. Establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados.

Fuente: La Nación

Esta nota habla de: