Cómo funcionará el régimen de prepagas

La iniciativa del Gobierno nacional establece un nuevo marco regulatorio de las empresas de medicina prepaga.

Cómo funcionará el régimen de prepagas

Editó: Tamara Sbardolini

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) dado a conocer por el Gobierno nacional establece un nuevo marco regulatorio para la Medicina Prepaga y modificaciones en la ley de Obras Sociales.

En una serie de medidas dadas a conocer por el presidente Javier Milei en cadena nacional, se determinó que deben ser derogados los artículos que permiten revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones de las empresas de medicina prepaga, es decir se liberarán los precios de las cuotas.

Asimismo, elimina la obligatoriedad de las prepagas de "transferir en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades" a sus afiliados a otros prestadores.

Las entidades decidirán el valor de la cuota

Ver: Reforma laboral: Milei amplió el "periodo de prueba" de 3 a 8 meses

También modifica la ley de Obras Sociales N° 23.660 y determina que las obras sociales sindicales, estatales, de administración mixta, del personal civil y militar, "funcionarán como entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa".

Por otra parte, se toman medidas en torno a la utilización de medicamentos por su nombre genérico.

"Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración", detalla el documento.

Además, establece que se puede prescribir y dispensar medicamentos a través de recetas electrónicas, firmadas a través de plataformas habilitadas para tal fin, como las de teleasistencia.

La autoridad de aplicación ya no podrá fijar aranceles mínimos

Los ítems para entender las medidas del DNU

-La cuota podrá aumentar el porcentaje que decida cada entidad.

-La autoridad de aplicación ya no podrá fijar aranceles mínimos, ni regular contratos.

-Las entidades podrán poner precios diferenciales en las cuotas dentro del mismo plan según la edad del afiliado, con una variación de tres veces en el precio de la primera y la última.

-Los aportes de los usuarios ingresarán de forma directa a la entidad de medicina privada.

-En caso de quiebre no podrán transferir los afiliados a otra empresa.

En caso de quiebre no podrán transferir los afiliados a otra empresa

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