Qué implica la nueva regulación del Gobierno sobre los dólares financieros

Se publicó una nueva resolución de la Comisión Nacional de Valores (CNV) que repercute en las operaciones de dólares bursátiles o financieros.

Qué implica la nueva regulación del Gobierno sobre los dólares financieros

Editó: Santiago Montiveros

La Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió una resolución que limita la operatoria con CEDEARs, afectando la compra de dólares bursátiles. Se trata de una cuestión operativa que obliga a los Agentes de Negociación y los Agentes de Liquidación y Compensación (ALYCs) a presentar una declaración jurada.

Además, los agentes estarán obligados a realizar un cambio en el artículo que agrega la posibilidad de no usar parking para comprar dólar Contado con Liquidación(CCL) por SENEBI, mientras se descargue esos dólares vía desarme de CEDEARs contra pesos argentinos. 

Esta decisión apunta a descomprimir la presión sobre el precio del CCL, en cuatro jornadas clave de mercado previo a la contienda electoral, según publicó Ámbito Financiero.

Al igual que la otra regulación que apuntó a los dólares financieros, la CNV afirmó que "en el actual contexto económico imperante y en el marco de la reciente evolución del mercado de cambios, se torna necesario reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real, así como el impacto de las operaciones instrumentadas en el mercado de capitales a través de la compra venta simultánea de valores negociables".

Así lo hizo la CNV a través de la Resolución General 982/2023, en donde aclara que las nuevas regulaciones son de "carácter extraordinario y transitorio", hasta tanto "hechos sobrevinientes hagan aconsejable su revisión y/o desaparezcan las causas que determinaron su adopción".

Los más importante

Esta medida no afecta a los inversores minoristas que utilizan CEDEARs, sino a los agentes inscriptos con cartera propia. En las operaciones de compraventa y que revistan el carácter de inversores calificados, se prevé que para los valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos en Argentina se deberá observar:

-Para el conjunto de esos valores negociables, la cantidad de valores nominales vendidos con liquidación en dólares estadounidenses y en jurisdicción local no podrá ser superior a la cantidad de valores nominales comprados con liquidación en dicha moneda y jurisdicción, en la misma jornada de concertación y para cada especie y plazo de liquidación de operaciones, por cada subcuenta comitente;

-Para el conjunto de esos valores negociables, la cantidad de valores nominales vendidos con liquidación en dólares estadounidenses y en jurisdicción extranjera no podrá ser superior a la cantidad de valores nominales comprados con liquidación en dicha moneda y jurisdicción, en la misma jornada de concertación y para cada especie y plazo de liquidación de operaciones, por cada subcuenta comitente; 

-Para el conjunto de esos valores negociables, la cantidad de valores nominales vendidos con liquidación en yuanes RMB en jurisdicción extranjera no podrá ser superior a la cantidad de valores nominales comprados con liquidación en moneda extranjera en jurisdicción local, en la misma jornada de concertación de operaciones y para cada especie y plazo de liquidación, por cada subcuenta comitente. 

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