Ganancias: AFIP lanzó un nuevo aplicativo y postergó el vencimiento

El organismo habilitó la nueva versión del modelo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales.

Ganancias: AFIP lanzó un nuevo aplicativo y postergó el vencimiento

Por: Mendoza Post

La AFIP lanzó la nueva versión del aplicativo "Ganancias Bienes Personales". La presentación vencería el 23, 24 y 27 de junio, de acuerdo a la finalización del número de CUIT. Y el pago vencería el día hábil posterior.

Asimismo, la AFIP dio más tiempo para que las empresas realicen la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias para sociedades que hayan cerrado su ejercicio anual en diciembre de 2021. El nuevo plazo operará los días 23, 24 y 26 de mayo. La fecha prevista para el pago es el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada (24, 26 y 27 de mayo). La prórroga alcanza a las empresas que cerraron balances en diciembre de 2021.

La Resolución General 5189/2022 extiende el plazo original que comenzaba a vencer a mediados de mayo para facilitar el cumplimiento de las obligaciones. Los contribuyentes deberán utilizar el aplicativo "Ganancias personas jurídicas - versión 20.0" que puede descargarse en este enlace.

AFIP prorroga Ganancias Sociedades

Aquellos contribuyentes que por error hayan presentado la declaración jurada una versión anterior del aplicativo deberán volver a ingresar los datos con la versión actualizada. El aplicativo introduce la nueva escala progresiva de impuesto a las Ganancias para las sociedades aprobada por ley el año pasado, señaló el sitio iProfesional.

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Cómo se obtiene el certificado de exención en Ganancias 

Por otra parte, la AFIP estableció un mecanismo simplificado que resuelve en 15 días corridos, en lugar de los 45 días que demanda el procedimiento general, para que las entidades sin fines de lucro obtengan el certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias, el cual les permite acceder a beneficios impositivos.

La medida beneficia a cooperadoras escolares, fundaciones sin fines de lucro, bomberos voluntarios, comunidades indígenas, centros de jubilados y cooperativas de trabajo inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (REDLES), entre otras.

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Para realizar la solicitud de forma simplificada, las entidades deben acceder con clave fiscal al servicio "Certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias", opción "Régimen simplificado".

Una vez allí, tienen que completar los datos solicitados por el sistema, aceptar la información e imprimir el acuse de recibo del ingreso de la solicitud.

El sistema emitirá un comprobante que tendrá el carácter de acuse de recibo y asignará un número de presentación.

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