AFIP actualizó los valores de las cuotas para trabajadores autónomos

Los montos se renuevan teniendo en cuenta los aumentos a jubilados y pensionados de Anses.

AFIP actualizó los valores de las cuotas para trabajadores autónomos

Editó: Federico Hernández

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) brindó los nuevos valores de los aportes a la seguridad social que deberán abonar los trabajadores autónomos.

Desde el 15 de diciembre de 2022 los montos actualizados entraron en vigencia y son de aplicación para el período devengado correspondiente a dicho mes.

Autónomos AFIP: ¿cuáles son los medios de pago habilitados?

-Cheque propio, financiero y cancelatorio.

-Transferencia electrónica de fondos.

-Tarjetas de crédito.

-Débito automático en cuenta bancaria.

-Billetera electrónica.

-Reintegro por cumplimiento de pago.

Los trabajadores autónomos que paguen en tiempo y forma su cuota mensual recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual. 

Desde el 15 de diciembre de 2022 los montos actualizados entraron en vigencia.

El pago se acreditará automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de los contribuyentes cumplidores.

Plan de facilidad de pagos

El régimen de facilidades de pago fue extendido por AFIP hasta el 31 de diciembre para aquellos contribuyentes que regularicen sus obligaciones respecto de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.

El plan contempla que los pagos podrán realizarse en hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25% y sin considerar la categoría del "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)" en la que los sujetos se encuentren incluidos, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D. En efecto, la AFIP oficializó la prórroga, a través de la Resolución General 5295/2022.

 Ese régimen es de carácter permanente y alcanza a las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras (así como sus intereses y multas), cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo del ente recaudador.

Los trabajadores autónomos que paguen en tiempo y forma su cuota mensual recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual. 

La AFIP justificó la prórroga hasta el último día de 2022 al entender que su objetivo es "promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables, en mérito de lo cual resulta conveniente extender nuevamente el plazo".

Además, el organismo recordó que la solicitud de adhesión al régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos establecidos por la normativa.

La inobservancia de cualquiera de ellos determinará la anulación del plan propuesto en cualquiera de las etapas de cumplimiento en el cual se encuentre, en cuyo caso se deberá presentar una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir.

Ver: La AFIP incautó toneladas de ajo de San Carlos que no estaban declaradas

En ese caso, los importes ingresados en concepto de pago a cuenta y/o cuotas no se podrán imputar a cuotas del nuevo plan, de acuerdo con lo dispuesto.

Ver: Cómo acceder al reintegro del 10% que otorga ANSES para Navidad

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