Ciudad prohíbe fumar en plazas, parques y frente a escuelas

La medida comenzará a aplicarse el mes que viene. El Concejo Deliberante de Capital modificó el código de convivencia ciudadana. Cómo controlarán y cuánto costará la multa.

Ciudad prohíbe fumar en plazas, parques y frente a escuelas

Por:Evangelina Argüello

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza  modificó el Código de Convivencia Ciudadana con el objetivo de seguir avanzando en la construcción de espacios "para el bienestar ciudadano y protección al ambiente".

En ese marco,  realizó un cambio fundamental que apunta contra el consumo de distintos tipos de cigarrillos en los espacios públicos argumentando la "necesidad de seguir regulando el consumo de tabaco, cigarrillos electrónicos u otros sistemas de vapulación electrónica en lugares libres de convivencia" dentro de la Capital mendocina.  

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"Fumar expone a numerosas sustancias perjudiciales para la salud, provocando una dependencia peligrosa siendo una de las principales causas de muerte en el mundo y Argentina, calculando una cantidad de 40.000 muertes cada año, esto produce daño en el sistema vascular y la disminución del transporte de oxígeno a los tejidos de nuestro organismo, generando enfermedades cardiovasculares, pulmonares, reproductiva, corporales, cancerígenas y llega hasta el deceso de la persona", agrega la normativa que lleva la firma del presidente del HCD, Marcelo Rubio.

La medida sostiene: "Modifíquese el Art. 49° el apartado H al Inc. 2) de la Ordenanza Nº 3877/2014, quedando redactado de la siguiente manera: Fumar o sostener tabaco encendido, cigarrillos electrónicos u otros sistemas de vapulación electrónica, en las plazas, parques, paseos públicos, en que haya áreas de juego para niños y niñas areneros y lugares con circuitos aeróbicos y/o sectores para la práctica de deportes y recreación infantil, así como en veredas de establecimientos de atención e internación de niños y adultos y en las de hogares para ancianos las 24 horas y veredas de centros de enseñanza de cualquier nivel inclusive instituciones donde se realicen prácticas docentes en cualquiera de sus formas mientras permanezcan abiertos, delimitados por el Departamento Ejecutivo Municipal como espacios públicos "libres de humo". 

Rubio explicó al Post que  "cuando hablamos de todo lo que se refiere a cigarrillos, obviamente está incorporado también el cannabis o lo que se conoce como 'porro' (sic)".

"Lógicamente lo que hay que hacer,  y a lo que apuntamos también con esta modificación de la ordenanza, es publicitarla; darla a conocer. Queremos que se comunique y que haya una señalética necesaria para advertir que no se puede llevar a cabo ese tipo de situaciones. Entonces, esto hace que cualquier vecino que se vea afectado, pueda  denunciarlo ante el preventor o que se presente ante el municipio", agregó.

Sanciones

Desde la Municipalidad de la Ciudad explicaron, en primer lugar, que la medida comenzará a estar vigente el mes que viene cuando se publique en el Boletín Oficial de la provincia.

Asimismo destacaron que "con la modificación sólo  se deja sin efecto al art 1 de la Ordenanza ( 3999/2020) para ampliar el objeto de la prohibición;  pero el resto de la normativa sigue vigente, entre ello el art 3 que prevé las sanciones ante el incumplimiento". 

Art. 3: Las sanciones ante el incumplimiento de la norma de conducta que se incorpora en el artículo 1º de la presente, serán las previstas en el artículo 50 y concordantes de la Ordenanza Nº 3.887, siendo de aplicación a todas las disposiciones del Título IV de la misma.

Art. 50: Régimen de sanciones. La realización de las conductas descritas en el artículo precedente, es constitutiva de Infracción Leve, salvo las que se determinan en el punto 3 que tendrán el carácter de grave. 

Valor multas

La UTM actualmente tiene un valor de $48, por lo que la multa más leve sería de $24.000

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