Olivos Gate: el fiscal pidió no cerrar la causa

Fernando Domínguez se opuso al pedido de Alberto Fernández para que se cierre de la causa y desestimó el argumento sobre la falta de contagio.

Olivos Gate: el fiscal pidió no cerrar la causa

Por: Mendoza Post

El fiscal Fernando Domínguez sentó postura respecto al posible cierre de la causa por las visitas a la Quinta de Olivos, "Olivos Gate", durante la pandemia y en momento en el que regía el aislamiento social, preventivo y obligatorio regia en el país.

De esta manera se opuso de forma tajante al pedido de Alberto Fernández y desestimó el argumento del jefe del Estado sobre la falta de contagio: "No podía dejarse a criterio de cada quien la estimación de la existencia o inexistencia del riesgo de lesión que quería evitarse".

En este sentido, se opuso a la "excepción de falta de acción" que planteó el jefe del Estado, argumentando que se trató de un "peligro abstracto" que no se concretó pues la reunión no propagó el virus Covid-19.

Además, el fiscal federal de San Isidro dictaminó en contra del planteo del presidente para que cierre la investigación por las visitas a la Quinta de Olivos durante la pandemia, especialmente la celebración del cumpleaños de su pareja, Fabiola Yáñez.

  El fiscal federal de San Isidro dictaminó en contra del planteo del presidente para que se cierre la investigación.  

"La realización de los eventos mencionados, en zonas incluidas en el aislamiento obligatorio (ASPO) se consideró un comportamiento peligroso y/o arriesgado, debido a que en las condiciones sanitarias de las zonas en las que se decidió su prohibición se entendió que no podía dejarse a criterio de cada quien la estimación de la existencia o inexistencia del riesgo de lesión que quería evitarse", sostuvo el fiscal.

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Así, se pronunció en contra de la pretensión del jefe del Estado: "la falta de acción por atipicidad (manifiesta o evidente) resulta improcedente en un caso como el de autos".

"No puede afirmarse atipicidad palmaria ni respecto de las conductas denunciadas, ni atipicidad evidente respecto de los hechos delimitados en los actos promotores de la acción penal", agregó el fiscal.

En ese sentido, recordó que el DNU inicial que dispuso las medidas de aislamiento y sus sucesivas prórrogas sostuvieron que "proteger la salud pública constituye un obligación inalienable del Estado Nacional".

Las imágenes de la celebración de cumpleaños de la primera dama. 

El fiscal contrapuso que ninguno de los artículos del DNU "hicieron depender ni la prohibición ni las consecuencias derivadas de su incumplimiento de la verificación de ninguna circunstancia distinta de las anotadas, léase de la constatación de una infracción al cumplimiento del aislamiento o de una infracción a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública".

Por su parte, dos abogados defensores de concurrentes a la celebración del cumpleaños de la primera dama, Mauricio D'Alessandro y Alejandro Rúa, se manifestaron de acuerdo con la postura del presidente Fernández.

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