Sancionan a conocido repelente de mosquitos y a una crema para el sol

Las supuestas infracciones que incumplieron Off y Dermaglós fue "por falta al deber de información y publicidad engañosa".

Sancionan a conocido repelente de mosquitos y a una crema para el sol

Por: Mendoza Post

 El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires imputó de oficio por presuntas infracciones a la ley de defensa del consumidor y de lealtad comercial a los Laboratorios Andrómaco S.A., por su crema "Dermaglós Solar", y a la empresa SC Johnson & Son Argentina, por su repelente "Off!", ligados a la prevención de enfermedades y al consumo estacional en una temporada récord para el turismo.

Las supuestas infracciones fueron "por falta al deber de información y publicidad engañosa", detectadas por la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones.

Según informó la cartera provincial este viernes en un comunicado, en los relevamientos realizados por la Provincia, se constató que la empresa Laboratorios Andrómaco S.A. publicita en sus productos para la protección solar (Dermaglós Solar FPS 30, FPS 40 y FPS 50 Envase familiar de 380 ml) un supuesto "30% regalo" indicado en la parte superior del envase, resaltado, de color amarillo y letras mayúsculas.

Las marcas fueron imputadas por publicidad engañosa.

Sin embargo, el Ministerio sostuvo que, de la investigación efectuada, no resulta posible determinar en forma clara, detallada y suficiente en qué consiste el "beneficio" publicitado, ya que, por ejemplo, no se informa si se trata de una cantidad extra en el contenido del producto; si se trata de un porcentaje de descuento sobre el precio de dicho producto o; si el envase es un 30% más grande que otro de iguales características y que posee idéntico valor.

De esta manera, las y los consumidores no cuentan con la información necesaria y suficiente al momento de realizar la compra, advirtieron las autoridades.

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Además, la empresa no puede garantizar el precio en góndola que permita a las y los consumidores acceder al supuesto beneficio, generando, por lo tanto, un engaño: el "regalo" no existiría, pero induciría a las y los consumidores a comprar un producto en condiciones equivocadas, según se indicó.

En el caso de la imputación a la empresa SC Johnson & Son de Argentina, por su repelente de insectos "Off! extra duración", la Provincia constató la infracción por publicidad engañosa en el marco de la normativa relacionada a Lealtad Comercial, que garantiza la transparencia en las relaciones comerciales y el acceso a información esencial sobre productos y servicios comercializados.

En el rótulo del envase, la empresa destaca en su parte superior, en color amarillo y letras mayúsculas, la inscripción "tamaño económico 50cm3 gratis", mientras que en el reverso destaca "290 cm3 al precio de 240 cm3".Sin embargo, la empresa no puede garantizar que en todo punto de venta el envase de 290 cm3 sea vendido al valor de 240 cm3, advirtió el gobierno bonaerense.

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