¿Hasta qué hora se puede vender alcohol dentro de la veda electoral?

Desde las 8 de este viernes rige la veda ante las elecciones que se celebrarán este domingo.

¿Hasta qué hora se puede vender alcohol dentro de la veda electoral?

Por: Florencia Silva

Comenzó la veda electoral para las PASO que se disputarán el domingo en todo el país. Las campañas y publicidades electorales de los precandidatos de todas las fuerzas políticas de cara a las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) concluyeron hoy a las 8, a 48 horas del inicio del comicio que se desarrollará el domingo en todo el país.

La veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación. Son varias las prohibiciones que rigen en este periodo. Una de ellas es la restricción de la comercialización de alcohol.

Al respecto, la venta de bebidas alcohólicas queda prohibida a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.

Las reuniones sociales en espacios públicos también están inhabilitadas desde las 20 del sábado.

Qué actividades no se pueden hacer durante la veda

En su artículo 71, el CEN establece claramente cuáles actividades están prohibidas desde que se inicia la veda previa a las elecciones del domingo 13 de agosto.

La veda el electoral comienza a las 8 de la mañana del viernes 11 de agosto.

-Reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora.

Ver: Qué está prohibido durante la veda y hasta las elecciones

-Espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.

-Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

Hasta el domingo a las 21 está prohibido vender alcohol.

-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

-La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.

-Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.

Ver: Al borde de la veda el Gobierno oficializó el aumento de Ganancias

-La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.

-Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

Esta nota habla de: