Echaron a una psicóloga que habría tenido conductas indebidas con presos

La resolución tomó más de un año. La mujer habría cometido irregularidades gravísimas para el Sistema Penitenciario.

Echaron a una psicóloga que habría tenido conductas indebidas con presos

Por: Juan Manuel Lucero

María Soledad Turela es psicóloga y se desempeñaba en el Servicio Penitenciario de Mendoza. A principios del año 2022 fue echada del Estado provincial por las autoridades por diferentes irregularidades que la profesional habría cometido: según fuentes cercanas, la mujer habría hecho "favores", comprando algunos productos para los reclusos.

En ese entonces, la Oficial impuso un recurso administrativo para apelar la Resolución N° 0172-S de fecha 01/02/22, emitida por el Ministerio de Seguridad.

Finalmente, el pasado 30 de noviembre, mediante un decreto firmado por el ex gobernador Rodolfo Suarez, se oficializó su despido del Servicio Penitenciario. En la medida, se confirma en todas sus partes, por los motivos expuestos en varios considerandos previamente el despido de la profesional.

El decreto firmado por el entonces gobernador Rodolfo Suarez, señalaba que se dispuso aplicarle a la profesional la sanción expulsiva de Cesantía sujeta a Exoneración por la comisión de la falta prevista en el art. 8 incisos a) y l), art. 9 incisos a) y d) de la Ley N° 7493 con el agravante del art. 198 incisos 3), 5) y 11) de la Resolución N° 143-T (Régimen Disciplinario Penitenciario).

La psicóloga trabajaba en el Servicio Penitenciario.

Se trata de faltas graves en la conducta del personal de Servicio Penitenciario. Por ejemplo, entre algunas de las faltas, se detalla que la ley N°7439 establece, en su artículo 9 inciso a, que queda expresamente prohibido a los agentes penitenciarios en perjuicio de lo que establezcan las leyes y reglamentos, toda negociación en forma gratuita y onerosa con los recluidos o parientes hasta 2° grado y/o cónyuge o concubina, ya sea compra, venta, préstamo o cualquier otra operación en interés personal de terceros.

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Mientras que el inciso d, implica una prohibición para emplear a los internos en sus servicios particulares, hacer servir para su uso personal objeto alguno del establecimiento que no está destinado para ello. Encargarse de forma onerosa o gratuita de comisiones de los internos, llevar o traer de o para los mismos cualquier objeto, como servirles de intermediario para comunicaciones escritas o verbales con terceros, dar noticias y, en general, de todo acto que importe una relación no autorizada por el reglamento.

Con este decreto publicado este jueves 14 de diciembre, se confirma la cesantía por exoneración de esta psicóloga que trabajaba en el Servicio Penitenciario Provincial. 

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