34 dudas, casos especiales y todas las respuestas por el Censo

Este miércoles es el censo nacional. Qué pasa con los datos confidenciales. ¿Me tengo que quedar en casa? ¿Qué le digo al censista si ya hice el cuestionario digital? ¿Me piden el DNI? ¿Me pueden sacar un plan social? Estas y otras dudas, resueltas.

34 dudas, casos especiales y todas las respuestas por el Censo

Por:Ricardo Montacuto
Director Periodístico

¿Puedo perder un plan de asistencia, o una vivienda del IPV por mis respuestas? ¿Es feriado? ¿Se vende alcohol? ¿Hay multa? ¿Tengo que estar en casa? ¿La AFIP me va a cobrar bienes personales porque agrandé mi casa? ¿Y si el censista es trucho? ¿Si me equivoqué en el censo digital qué hago? ¿Después me puede pasar algo con algún trámite por mi género, o por mi etnia? ¿Qué hacen con mi información? ¿Me preguntan el apellido? ¿De cuánto es la multa si no me censo?

Estas y otras preguntas se repiten todo el tiempo en foros, medios y redes sociales. Este miércoles desde las 08:00 de la mañana, un ejército de 650.000 personas que incluye a los censistas urbanos y rurales de todo el país, visitarán más de 15 millones de viviendas y censarán a más de 45 millones de personas. Usarán para ello, unos 37 millones de formularios.

Hoy es el operativo de censo número doce que se hace en nuestro país (el primero fue en 1869), en un explicador sencillo pero profuso, intentaremos resolver todas las dudas, miedos, prejuicios y ambigüedades que aparecen a la hora de responder el censo, o de qué actitudes debemos asumir ese día.

1. ¿Para qué es este censo?

Un censo es el operativo estadístico más grande que puede hacer un país, por su magnitud y por la enorme cantidad de personas involucradas. Recuenta todas las viviendas, hogares y habitantes del país. A través del censo, se busca conocer cuántas somos las personas que vivimos en este país, cómo estamos distribuidos en la geografía nacional. También, de que edades, sexo, identidad de género, nivel educativo, etnia, actividad económica, dónde vivimos, cómo vivimos (calidad de vida, bienes y servicios) para saber qué tenemos y qué necesitamos. El censo permite redirigir políticas públicas, como el acceso a servicios básicos como el agua, o la vivienda, y luego, determina la cantidad de diputados nacionales al Congreso de la Nación.

2. ¿El día del censo es feriado?

Sí. El 18 de mayo es feriado obligatorio, de acuerdo al decreto 42 de este año, que a su vez cita la ley 24.254 de 1993, que declara días feriados cada vez que se haga un censo.

3. ¿Qué comercios pueden funcionar y a qué hora?

Salvo las farmacias de turno y expendio de combustible, ningún otro comercio puede abrir entre las 00:00 y las 20:00, que son dos horas después del censo. El decreto que declaró el feriado se remite a la ley 24.254, que dice "Quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada". El decreto nada dice de tiendas de ropa, por ejemplo. Pero los municipios que son autoridad de aplicación ya están enviando comunicados a las entidades comerciales, para que no abran en las horas indicadas. Ni supermercados, ni shoppings, ni comercios pequeños de cercanía. La autoridad de aplicación será cada municipio.

Hay una contradicción. El decreto y la ley dicen "desde las 08:00", pero en el enlace de preguntas frecuentes que el Indec publicó en la página oficial del Censo, dice que la prohibición rige desde las 00:00 hs del miércoles.

4. ¿Es obligatorio?

Sí. Aunque hay una larga tradición de cumplir el censo en la Argentina, esta es una época signada por las desconfianzas, las desinformaciones, la grieta y la inseguridad. Pero responder el censo es obligatorio. Así lo dice el artículo 17 del decreto 726 del año 2020 (click aquí), que a su vez cita la ley 17622 de estadísticas y censos (click aquí). Justamente, la ley que creó el INDEC. "Todos y todas los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas ronda 2020" dice el decreto.

5. ¿Cuántas horas dura el censo?

El operativo de preguntas y respuestas arranca a las 08:00 y termina a las 18:00. Las personas que van a censar pasarán por todas las viviendas de la Argentina, hayan completado o no el cuestionario digital.

[Cuadro: evolución de la población nacional a lo largo de todos los operativos censales que se realizaron]

6. ¿Me pueden multar si no respondo el censo, omito información o miento?

Esta pregunta tiene una respuesta ambigua. La ley 17622 prevé en su artículo 15 multa para quienes mientan, omitan información, o no respondan el censo. Los montos fueron actualizados este año por una resolución del Indec (click aquí) y van desde los $ 1.076,36 a los $ 106.799,35. Sin embargo, ni el Congreso, ni el Indec, ni la Jefatura de Gabinete de Ministros, produjeron herramienta alguna que reglamente el modo de cobro de estas multas, ni su escala, como ocurre por ejemplo con los que no van a votar. Ello quiere decir que multas habrá, pero nadie ha dicho aún cómo deben cobrarse, ni qué organismo será el encargado.

7. ¿Me pueden bloquear algún trámite o un beneficio si no me censo?

No. Toda la información que damos al censista salvo los nombres de pila, está protegido por el secreto estadístico vigente en la ley 17622 (click aquí). No se conocen casos de personas que hayan perdido una pensión, una jubilación o un beneficio social por no cumplir con el censo.

8. ¿Me pueden sacar un plan social, o una vivienda del IPV, o subirme los impuestos patrimoniales por mis respuestas?

No. En ninguno de los casos. Mucha gente teme que si responde la verdad en el censo -que no tiene preguntas patrimoniales, pero sí por la característica de la vivienda- puede perder algún beneficio, o le pueden cobrar más Ganancias o Bienes Personales. Los casos típicos son los de personas que no declararon ampliaciones a Catastro, la ATM, o la AFIP. O de alguien que vive con sus padres en una casa "lujosa" mientras espera que le asignen una vivienda social. O de alguien que cobra por ejemplo la AUH pero tiene una vivienda considerada de "clase media". Toda la información que brindamos al censista está protegida por el secreto estadístico, y no se van a cruzar las bases de datos. Ningún organismo de recaudación, ni oficina judicial, ni partidos políticos, nadie, tendrá acceso a los datos protegidos por el secreto estadístico.

Imagen de una planilla del censo de 1869.

9. ¿El censista me va a preguntar nombres y apellidos?

No. Ese dato no será preguntado por el censista. Sin embargo, el nombre y apellido, la razón social de las empresas, no están protegidos por el secreto estadístico que regula la ley 17622. Por eso en el censo digital sí se preguntan esos datos, para validar la identidad humana de las personas que completan el cuestionario digital. El día del censo "real", el censista sólo preguntará nombres de pila y edades, además de las preguntas del formulario.

10. ¿El censista me puede pedir el DNI?

El cuestionario del Censo no solicita DNI. El DNI se solicita solo en el censo digital, para corroborar que quien responderá en nombre de todos los miembros de su hogar es una persona con documento argentino y mayor de 14 años. Una vez que se verifica la validez del documento, se habilita el ingreso a la página y se descarta ese dato: no se guarda, no queda en ninguna base de datos. Tampoco se vincula de ninguna forma el cuestionario con el DNI solicitado.

11. Si hice el censo digital... ¿Tengo que quedarme en casa?

Sí. El censo digital no reemplaza al censo "real". Lo que hace, es acortar los tiempos de la entrevista. Y hay que entregar el código al censista.

12. ¿Es obligación hacer el censo digital?

No. Completar el cuestionario de forma digital es una opción. Quienes lo deseen, podrán elegir la entrevista presencial el miércoles 18 de mayo.

El censo digital entrega un código que se debe compartir al censista.

13. Si no hice el censo digital... ¿Me tengo que quedar en casa?

Sí. El Día del Censo será feriado para que todas las personas puedan esperar en sus viviendas al censista. Si vas a salir de tu casa, es importante que en todo momento haya una persona presente que pueda responder las preguntas o entregar el comprobante de finalización del censo digital.

14. Si hice el censo digital... ¿Tengo que imprimirlo?

No es necesario. Basta con tener anotado el código que entrega el sistema cuando terminamos el cuestionario digital. Luego, el censista preguntará sólo cuántas personas viven en la casa, y de qué género.

15. ¿Qué pasa si no estoy en casa el día del censo?

Es obligación censarse. Pero si no estás, tenés tiempo hasta el miércoles a las 08:00 para completar el censo digital, y darle el código a un vecino para que lo entregue al censista. El vecino deberá responder cuántas personas viven en tu casa, y de qué género son.

16. ¿Si estoy de viaje, dónde me tengo que censar?

Siempre en tu lugar habitual de residencia. Podés completar el censo digital hasta las 08:00 del miércoles. Si vivís en un departamento, dejale el código del comprobante a un vecino, encargado o persona de confianza del edificio para que se lo entregue al censista, el día del censo. Si vivís en una casa, podés dejarle el comprobante al vecino de la casa de al lado.

17. ¿Cómo hago si viajé al extranjero el día del censo?

Si volvés antes del miércoles, podés completar el Censo digital cuando regreses. Si no volvés antes del 18 de mayo pero tenés planificado hacerlo antes de los próximos 6 meses, cualquier persona que habite también en tu vivienda y conozca toda la información de los miembros del hogar puede responder el cuestionario o entregarle a la persona censista el comprobante de finalización. También puede ser un vecino o una vecina quien entregue el código de finalización a la persona censista.

[Documento: Así es el juego de planillas que el censista va a llevar a tu casa]

18. Si me equivoqué en el censo digital o cambió mi situación familiar... ¿Puedo corregirlo?

Sí, pero sólo el día del censo y en la visita del censista. El censo digital no permite correcciones ni editar las respuestas, una vez que el sistema emitió el código. Pero sí se pueden hacer las aclaraciones al censista. Muchas veces ocurre que alguna persona de la familia se muda, o hay separaciones, divorcios, o fallecimientos, o un hijo se va a estudiar o a vivir a otro lado, cuando ya hicimos el censo digital. En ese caso, en la visita se hacen las correcciones.

19. ¿El censista tiene que entrar a mi casa?

No. Se recomienda a la población y a los censistas, hacer las entrevistas en las puertas de los domicilios.

En 2010 se hizo el último censo.

20. ¿Cómo sé si el censista es real y no un "trucho" o un delincuente?

Los censistas llevarán pecheras identificatorias, una bolsa con el logo del operativo donde llevarán los cuestionarios y una credencial con su nombre y apellido que los acredita como enviados del INDEC. Además, ante cualquier duda, se puede llamar a la mesa de ayuda del censo al número 0800-345-2022.

21. ¿Hay forma digital de verificar al censista?

Sí. En la página del censo 2022 (click aquí) habrá un botón que dice "verificá la identidad de tu censista". Podemos acceder haciendo click en este enlace. https://registro.censo.gob.ar/censistas

22. ¿Qué pasa si el censista nunca aparece en casa?

Puede ocurrir que el censista faltó, o que tuvo un problema y debió dejar el trabajo de campo. Podemos acercarnos a la escuela primaria más cercana (serán centros censales) y preguntar qué hacer. Habrá un período de recuperación posterior en aquellos segmentos que hayan quedado sin censar, de cuatro días, según informó el coordinador del censo en Mendoza, Daniel García, días atrás en nuestro programa "Te Digo Lo Que Pienso" que se emite por Radio Nihuil.

23. ¿Cuál es la diferencia entre "vivienda" y "hogar"?

Puede ocurrir que dentro de una vivienda haya más de un "hogar". Para el censo, un hogar es la persona o grupo de personas que viven bajo un mismo techo y comparten sus gastos de comida. ¿Cuándo hay más de un hogar en una vivienda? Es el caso de familias que viven juntas y comparten el alquiler, o el espacio, pero cada cual compra su propia comida. Deben registrarse como dos hogares dentro de la misma vivienda. Ahora, en el caso de una familia cuyos hijos se casan y construyen una pieza en el fondo pero comparten con sus padres los gastos de comida, deben considerarse un solo hogar.

24. ¿Cuántas preguntas hay que contestar?

Todas. Las 61 preguntas del cuestionario. En 2010, el último censo antes del que se hará este miércoles, había un cuestionario "básico" de 35 preguntas y uno "ampliado" de 67. El primero era el obligatorio, y el segundo, sólo fue respondido por el 10 % de la población.

25. ¿En qué se parece este censo al anterior?

En casi todo. Hay preguntas que se mantienen en todos los censos (sexo, edad, vivienda) y otras que van cambiando de acuerdo a los tiempos y a las necesidades. En este censo en particular, se agregaron los datos de identidad de género, ascendencia africana, de pueblos originarios, o de acceso a la tecnología.

26. ¿Cuándo se sabrá el resultado del censo?

El Indec informará este jueves -al día siguiente del censo- cuántos habitantes viven en nuestro país. Tres meses después habrá una estimación de las tasas de sexo, edades, y población según regiones. A los ocho meses se comunicarán los primeros datos definitivos y al año y medio culminará el procesamiento de todas las variables económicas.

27. ¿Puedo consumir alcohol durante el censo?

No hay ninguna norma que prohíba consumir alcohol el día del censo. Si está restringida a "cero" la posibilidad de venta de bebidas entre las 08:00 y las 20:00 del día del censo.

28. ¿Dónde se censan los hijos de padres separados?

Se tienen que censar en el lugar donde vivan y duerman 4 días o más a la semana, aunque tengan otro hogar. Si pasan la misma cantidad de tiempo en los dos hogares, se censan en solo uno de ellos.

29. ¿Dónde se censan las personas que estudian en otra localidad?

Se censan en la localidad en la que estudian. Aunque vuelvan de vacaciones a la vivienda familiar.

30. ¿Se censan las personas que no tienen DNI?

Sí. Todas las personas que viven en la Argentina tienen que censarse, tengan o no tengan DNI.

31. ¿Dónde tengo que censarme si vivo en un hotel?

"Las personas que viven en hoteles turísticos 4 días o más a la semana y no regresen en algún momento a una vivienda particular se tienen que censar en el hotel" dice el Indec.

32. ¿En qué vivienda tengo que censarme si tengo una casa de fin de semana?

Tenés que censarte en la vivienda en la que vivís y dormís 4 días o más a la semana. No tenés que censarte en la vivienda de veraneo o fin de semana.

33. ¿Dónde tengo que censarme si vivo unos meses en una vivienda y otros meses en otra?

En caso de vivir en más de una vivienda, tenés que censarte en donde vivís y dormís 4 días o más a la semana al momento del censo.

34. ¿Dónde puedo buscar más información?

Si este explicador no te resultó suficiente, podés ingresar a la zona de "preguntas frecuentes" de la página oficial del censo, en este link.

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