Un juez ordenó suspender la aplicación del aborto legal

El magistrado señaló que la norma es inaplicable porque entra en conflicto con la Constitución y dicatminó la suspensión hasta que se defina si el embrión es "sujeto de derecho o cosa".

Un juez ordenó suspender la aplicación del aborto legal

Por: Mendoza Post

El juez federal Alfredo López dictaminó ayer que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo está "en contradicción de la obligación del Estado de proteger la vida desde la concepción" y dio lugar a un amparo para que no se aplique el aborto legal.

La demanda fue presentada por un particular, Héctor Adolfo Seri, en Mar del Plata, pero el juzgado de primera instancia se excusó de intervenir y la causa terminó en el juzgado federal de López.

El demandante invocó el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y los pactos internacionales a los que el Estado argentino adhirió en la reforma de 1994, y pidió "que se dicte una medida cautelar a fin de que se ordene la suspensión de la resolución 1/2019 atento estar en juego el derecho de la vida de niños por nacer".

El juez consideró que el Estado debe proteger la vida desde la concepción

López deberá resolver la inconstitucionalidad o no de la ley de IVE y seguramente la sentencia pasará a la Corte Suprema de la Nacion, algo que se preveía desde que la norma fue aprobada en diciembre.

Se oficializaó el protocolo de la Interrupción Voluntaria del Embarazo

El magistrado señaló que "reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha considerado que el derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional."

"En consecuencia, he de tener en cuenta que, si en lo que refiere a la consideración del animal que debe hacer el ordenamiento jurídico para decidir si debe ser considerado sujeto de derecho y merecer la tutela estatal como tal o continuar con la conceptualización como cosa, tanto más estimo, debe tenerse en cuenta lo normado por la ?Ley de Protección integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes' ley Nro. 26.061, en cuanto esta norma instituye de modo expreso en su artículo 1ro., una acción idónea respecto de la defensa de los derechos fundamentales y humanos de las niñas, niños y adolescentes".

Finalmente, López señaló que, hasta que la Corte Suprema defina sobre la constitucionalidad, la ley de IVE no puede ser aplicada y dispuso "ordenar medida cautelar de no innovar" y en virtud de ello "decretar la inaplicabilidad de la ley de Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo".

La Ley de IVE se aprobó en diciembre

Además, ordenó al Poder Ejecutivo que suspenda la aplicación de la norma, protocolos y resoluciones "hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo en el momento de dictarse sentencia definitiva en autos".

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