Esta semana, el Senado aprobó una reforma que eleva de tres a cinco JUS el tope de los reclamos en el Proceso de Pequeñas Causas. Ahora, los consumidores podrán demandar por montos de hasta 2,5 millones de pesos. Se espera la promulgación.
Qué cambios se insertaron en el Código Procesal, Civil, Comercial y Tributario
El Senado de Mendoza dio sanción definitiva a una reforma del Código Procesal, Civil, Comercial y Tributario que modifica el artículo 218, inciso b, y actualiza los límites para los reclamos en el Proceso de Pequeñas Causas.
El cambio eleva el tope de tres a cinco JUS, lo que significa que los mendocinos podrán presentar demandas por montos de hasta 2,5 millones de pesos, tomando como referencia el valor actual de la unidad (unos $541 mil). Antes, el límite era de aproximadamente 1,5 millones.
La iniciativa, impulsada por el senador David Sáez y consensuada con la Suprema Corte de Justicia, apunta a garantizar un acceso más justo a la Justicia en un contexto de alta inflación.
El legislador subrayó que esta vía judicial está pensada para resolver conflictos de consumo de menor cuantía, como compras defectuosas, facturaciones indebidas o problemas con servicios, en un proceso más rápido, gratuito y accesible.
El proyecto fue aprobado con 29 votos afirmativos y 8 abstenciones. Desde la Legislatura destacaron que la medida fortalece la modernización del sistema judicial y protege los derechos de los consumidores frente al desfasaje económico.
La norma quedó lista para su promulgación por el Poder Ejecutivo y entrará en vigencia en toda la provincia de Mendoza.
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