Mendoza endurece el control sobre las apps de transporte y más poder al EMoP

La nueva Ley limita los permisos a choferes, fija sanciones más duras para las plataformas de transporte y otorga al Ente de la Movilidad Provincial (EMoP) mayor capacidad de control y cobro de multas en Mendoza.

Mendoza endurece el control sobre las apps de transporte y más poder al EMoP

Por: Federico Lemos

Este lunes se publicó en el Boletín Oficial  la Ley 9676, que introduce cambios clave en el régimen que regula los servicios de transporte de pasajeros a través de plataformas digitales y el funcionamiento del Ente de la Movilidad Provincial (EMoP).

Uno de los puntos centrales es la nueva redacción del artículo 53 de la Ley 9086. A partir de ahora, el titular del permiso de explotación deberá ser una persona humana que, además, sea dueña registral del vehículo con el que se presta el servicio. Solo se admite un permiso por persona, salvo en el caso de unidades propulsadas por motores eléctricos, donde esa limitación no corre. El permiso mantiene carácter precario y revocable, y el vehículo podrá ser conducido por el propio permisionario o por otra persona autorizada que cuente con licencia vigente y cumpla los requisitos reglamentarios.

El pasado 11 de noviembre se aprobó en la Legislatura y hoy se oficializó.

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En materia de sanciones, la norma modifica el artículo 64 de la Ley 9086 y fija un esquema específico para las Empresas de Redes de Transporte (ERT). El EMoP podrá disponer la suspensión temporal de la plataforma por hasta dos años y aplicar multas pecuniarias conforme a la Ley 7412. Además, se habilita a la Autoridad de Aplicación, previa instrucción del EMoP, a decretar la inhabilitación definitiva de la plataforma cuando corresponda.

El nuevo texto del artículo 85 de la Ley 9086 aclara que las infracciones a esta ley, a su reglamentación y a la Ley 7412 serán sancionadas con el régimen previsto en esa normativa. Cuando del sumario surja que corresponde caducidad de concesiones o revocación de permisos u habilitaciones, el EMoP deberá remitir las actuaciones al Poder Concedente o a la Autoridad de Aplicación. Las multas quedarán firmes y ejecutoriadas una vez concluida la instancia administrativa y su pago será condición previa para accionar en sede judicial mediante la Acción Procesal Administrativa.

La Ley 9676 también refuerza las obligaciones de las plataformas. Se incorporan los incisos j) y k) al artículo 60 de la Ley 9086, que ordenan a las ERT no asignar viajes a conductores sin permiso de explotación ni a vehículos no registrados y habilitados, y abstenerse de realizar publicidad que promueva, sugiera o incentive el incumplimiento de la normativa vigente. A su vez, se suma el inciso c) al artículo 65, que considera infracción grave el incumplimiento reiterado de esas obligaciones.

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En paralelo, se reforman los artículos 65 y 73 de la Ley 7412. Desde ahora, las controversias vinculadas con los servicios regulados por esa ley deberán pasar obligatoriamente por la jurisdicción administrativa del EMoP, que resolverá en única instancia. Contra esa decisión solo será posible interponer la Acción Procesal Administrativa, y el pago previo de la multa será requisito para su admisibilidad. El artículo 73, a su vez, faculta al organismo a controlar la facturación e ingresos de las empresas concesionarias, requerir información escrita, inspeccionar libros contables, verificar contratos, aplicar sanciones y ejecutar las multas por la vía de apremio, incluso con intervención de la Administración Tributaria Mendoza (ATM).

La norma establece que la Ley 9676 entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y lleva las firmas de Martín Kerchner Tomba, Andrés Lombardi, Lucas Adrián Faure y María Carolina Lettry, autoridades de la Legislatura de Mendoza.

Claves de la Ley 9676 en Mendoza

Permiso individual: solo una persona física por vehículo y un permiso por titular, salvo flotas con vehículos eléctricos.

Más poder al EMoP: puede suspender plataformas, imponer multas y tramitar controversias en única instancia administrativa.

Sanciones más duras: posibilidad de inhabilitación definitiva de plataformas y exigencia de pago previo de multas para litigar.

Obligaciones de las ERT: prohibido asignar viajes a choferes sin permiso y hacer publicidad que incentive violar la ley.

Control económico: el EMoP queda habilitado para auditar facturación, libros contables y contratos de las empresas de transporte.

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