El juez ordenó suspender el retiro de celulares en las cárceles de Mendoza a partir de un hábeas corpus de un grupo de internos. Desde el Gobierno apelaron y acusaron al magistrado de "avasallamiento" jurisdiccional.
Celulares en las cárceles: el Gobierno apeló el fallo con críticas al juez Sarmiento
Este miércoles, el juez Sebastián Sarmiento ordenó detener el retiro de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos en las cárceles Boulogne Sur Mer y San Felipe, respondiendo así satisfactoriamente a un hábeas corpus presentado por un grupo de internos, quienes denunciaron que el Servicio Penitenciario no garantizaba el acceso mínimo al derecho a la comunicación.
Automáticamente, la decisión del juez repercutió en el Ministerio de Seguridad y Justicia, a cargo de Mercedes Rus (foto superior). Tras reunirse este jueves con su equipo de trabajo, incluido el subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino, la funcionaria apeló formalmente la decisión de Sarmiento, a quien acusó de "avasallamiento del Poder Ejecutivo".
"En el magistrado (Sarmiento) existe un claro exceso en el ejercicio de la facultad jurisdiccional, que provoca una intromisión y un avasallamiento de las atribuciones propias del Poder Ejecutivo", entre las que se encuentran "el cuidado y la custodia de las personas privadas de libertad, entre muchas otras funciones".
Otro punto que también cuestiona el Gobierno es que el hábeas corpus fue presentado por un grupo de internos que estudian carreras de la UNCuyo, pero el juez terminó aplicándolo a todo el conjunto carcelario: "El magistrado se ha pronunciado sobre cuestiones que no fueron sometidas a su consideración, afectando a toda la población penal y resolviendo ultra petitum".
"Existe una extralimitación judicial tanto desde el aspecto objetivo como subjetivo en la acción de hábeas corpus inicialmente presentada por las personas privadas de libertad, estudiantes de la UNCuyo, alojadas en los complejos Boulogne Sur Mer y San Felipe. El juez ha reglamentado cuestiones administrativas que afectan a todo el Servicio Penitenciario, atribuyéndose la facultad de suspender la Resolución 533/25, sin tener en cuenta los efectos perjudiciales y colaterales que ello podría acarrear", agregaron.
Por último, el Gobierno también destacó que "cabe citar jurisprudencia de la Corte durante el período de pandemia por covid-19, donde se reconoció expresamente que es competencia del Servicio Penitenciario reglamentar el uso de medios de comunicación con el mundo exterior por parte de los internos".
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