¿Te pueden despedir por agarrarte a piñas en el trabajo?

¿Te pueden despedir por agarrarte a piñas en el trabajo?

Por: Mendoza Post

En un fallo reciente relacionado a un caso de despido de un empleado del Hospital Alemán en Buenos Aires, se postuló que la riña en el lugar de trabajo “no es automáticamente injuriosa”, lo que significaría que participar de una pelea en el lugar de trabajo no debería ser causal inmediata de despido, según informó iProfesional.

“En cualquier ámbito colectivo, como un establecimiento industrial o comercial, donde interactúan diversos sujetos, nadie está exento de verse arrastrado a una riña por una agresión injusta y la mera reacción ante ella no puede ser entendida como contraria a derecho”.

Esto fue parte del razonamiento que la Sala VIII de la Cámara del Trabajo postuló, al confirmar una sentencia que hizo lugar a una demanda por despido injustificiado. Esta fue iniciada por un empleado del Hospital Alemán, quien fue despedido tras involucrarse en una “riña” con un compañero de trabajo.

El hombre reaccionó luego de una broma que le hizo un compañero.

De acuerdo con el expediente, se comprobó que el actor había sido víctima de una “broma” por parte de un compañero de trabajo, el otro involucrado en la riña, y que reaccionó de “mala manera”. El compañero que inició la broma, que solamente fue sancionado con un día de suspensión, admitió que lo provocó. En la causa se comprobó que para el hombre “era costumbre realizar chistes, bromas y provocar a sus compañeros”.

Los jueces avalaron que la riña en el trabajo "no es automáticamente injuriosa".

El empleado despedido, por su parte, tenía 20 años de antigüedad en la empresa y no tenía antecedentes disciplinarios. Debido a esto, el juez de Primera instancia concluyó que, si bien el actor no adecuó su conducto a la de un “buen trabajador” y se “habría excedido en la legítima defensa”, la empleadora le pudo haber aplicado una sanción disciplinaria antes que despedirlo. Teniendo todo esto en cuenta, se determinó que se trató de un despido injustificado.

Los jueces Luis Catardo y Victor Pesino avalaron ese criterio. En su fallo, al rechazar la apelación de la demandada, sostuvieron que la riña en el lugar de trabajo “no es automáticamente injuriosa”.