Así quedará el monotributo a partir de ahora

Así quedará el monotributo a partir de ahora

Por: Mendoza Post

La ley 27.346 no trajo cambios solamente en el impuesto a las ganancias, sino que también trae modificaciones para el Monotributo. Los cambios incluyen una recategorización de los monotributistas, cambios en las cuotas y la posibilidad de reingreso de contribuyentes excluidos, según publicó el contador Guillermo LoCane en su blog.

En primer lugar, la AFIP realizará una recategorización de oficio de todos los monotributistas, donde se van a encuadrar a los contribuyentes en la categoría inmediata inferior a la que estaba inscripto en diciembre de 2016. A partir del 10 de enero, y hasta el 30 de abril, entrando en la web de AFIP, se podrá consultar en que categoría uno quedó categorizado, y descargar la nueva credencial para el pago mensual.

Hay cambios en las categorías y en las cuotas mensuales. 

En la misma Web, también, será posible consultar las nuevas cuotas mensuales según categoría y actividad. Por ejemplo, quien estaba dentro de la categoría E y pagaba $210 de impuesto o $786 incluyendo obra social y aporte previsional, pasará a la categoría D y pagará $368 o $1186,30 incluyendo todos los conceptos.

Se permitirá el reingreso a los contribuyentes excluidos durante 2016. 

Para el pago de los meses de enero y febrero de 2017 se podrá usar la credencia de pago vigente a diciembre de 2016. Los pagos que se realicen por medios electrónicos, como VEP, Home Banking y débitos automáticos, se pagarán con los nuevos valores. En el caso de los pagos que se realicen en bancos, Pago Fácil, Rapipago, etc, si la entidad no adecuó sus sistemas de caja, se cancelarán con los valores de diciembre. Los monotributistas podrán pagar luego la diferencia por medio de la web de AFIP a partir del 10 de enero mediante una aplicación sin clave fiscal, mediante la cual se podrá generar los formularios correspondientes.

Finalmente, se permitirá el reingreso a los contribuyentes excluidos de oficio y autoexcluidos, durante todo 2016. También a partir del 10 de enero, y hasta el 31 de mayo, se puede verificar si es posible el reingreso solicitando la inscripción al Régimen Simplificado.