Enjuician a una mujer por llevarse a su hijo sin consentimiento del padre

Ocurrió en Tierra del Fuego.

Enjuician a una mujer por llevarse a su hijo sin consentimiento del padre

Por: Mendoza Post

 La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal ratificó el procesamiento por sustracción de menor a una mujer que sin permiso ni aviso previo se llevó a su hijo a unos 3.000 kilómetros de donde había acordado que iba a vivir con su padre, informaron hoy fuentes judiciales.

Además, en el fallo de la sala I del tribunal se dictó un embargo de 150.000 pesos y la prohibición de salida del país para la mujer identificada como DCA (para reservar la identidad del menor de edad) por el hecho ocurrido meses atrás y que tuvo como damnificados a su ex pareja MDG y al hijo de ambos, LDGA, de cinco años de edad.

Según las fuentes, el tribunal remarcó que el 17 de mayo de 2019 ambos progenitores celebraron un acuerdo, homologado por un Juzgado de Familia del conurbano bonaerense, en el que pactaron la patria potestad compartida y el cuidado alternado de su hijo, quien viviría con su padre en un domicilio de la ciudad de Buenos Aires, adonde el niño concurre a la escuela. El caso evaluado por la Sala I de la Cámara comenzó meses después del pacto cuando la mujer, sin aviso previo a MDG. ni autorización o permiso para hacerlo, retiró a su hijo del colegio.

La mujer se llevó al niño sin consentimiento del padre.

Se determinó que lo sustrajo desde el 18 de julio al 28 de agosto de 2019, y lo ocultó en la provincia de Tierra del Fuego, donde fue hallado tras una investigación policial.

Con estos elementos, el tribunal de alzada concluyó que las pruebas reunidas en el sumario "desvirtuaban el descargo de la imputada", quien adujo haber trasladado a su hijo "para protegerlo de una persona a la cual habría denunciado por abuso sexual y por problemas de salud urgentes de su actual pareja".

"La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los padres sobre las personas y los bienes de sus hijos para su protección y formación integral que, en caso de ser compartida, no autoriza a uno de los progenitores a excluir al otro del ejercicio de ella mediante el despojo del menor", agregó.

La Justicia le dio la razón al padre.

Los camaristas Pablo Lucero y Hernán López afirmaron que "la conducta de un progenitor que sustrae al niño contra la voluntad del que ejerce la 'tenencia legítima' constituye un ataque al mismo al afectarse su libre ejercicio" por el otro padre.

En su resolución, los camaristas destacaron también la necesidad de que en casos como estos todos los protagonistas actúen "con la mayor diligencia posible, en aras del interés superior del niño", quien tiene derecho a la identidad y a ser criado por ambos padres.

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