Sanción inicial a los proyectos de Ley de Avalúo e Impositiva

La Cámara Baja aprobó la propuesta, con el respaldo del oficialismo y el Partido Intransigente. Las críticas de la oposición.

Sanción inicial a los proyectos de Ley de Avalúo e Impositiva

Por: Mendoza Post

Los proyectos de Ley de Avalúo e Impositiva obtuvieron sanción inicial en la Cámara de Diputados. Las propuestas recibieron 26 votos afirmativos, por parte del oficialismo y el Partido Intransigente;  y 19 negativos del FIT, Unidad Ciudadana.

En general, el Avalúo de las propiedades prevé un incremento del orden del 23 %, tal como contempla la pauta presupuestaria nacional en relación a la inflación prevista para el año próximo.

Según el texto, las parcelas que deban ser incorporadas al Banco de Información Catastral en el curso del período fiscal 2.019, se valuarán según los valores unitarios de la tierra libre de mejoras vigentes en su entorno más próximo o de características similares. En el caso de la incorporación de un barrio, el valor unitario de la tierra libre de mejora se determinara según estudio previo que realizara el departamento Económico de la Dirección General de Catastro.

En el caso de las bodegas, deberán ser categorizadas según formularios y leyes vigentes, salvo las superficies que cubran las vasijas, a las cuales se les asigna convencionalmente cero pesos por metro cuadrado como valor unitario de la construcción. Se exceptúan de esta disposición, aquellas superficies que además de cubrir las vasijas, realicen otra actividad.

Los proyectos obtuvieron 26 votos a favor y 19 en contra.

Respecto del Régimen de autodeclaración de Inmuebles, en la media sanción se incluye las siguientes propiedades:

 a) Inmuebles sobre los cuales se desarrollen actividades hidrocarburíferas o petroleras (refinerías, destilerías y similares) y de expendio de combustibles líquidos/gas por estaciones de servicios.

b) Inmuebles destinados a actividades bancarias, financieras, de seguros y/o cambiarias.

c) Inmuebles destinados al uso de supermercados, hipermercados, paseos de compras y centros comerciales.

d) Salones Comerciales de 500 m2 o más, de superficie cubierta.

e) Cementerios Privados.

f) Derechos superficiarios.

g) Parcelas cuyo avalúo fiscal para el ejercicio 2.019 resulte igual o mayor a la suma de dos millones de pesos.

h) Parcelas, cualquiera sea su avalúo fiscal, cuyo valor de mercado estimado sea igual o superior de la suma de pesos quince millones de pesos.

i) Inmuebles incorporados al Régimen de Sinceramiento Fiscal establecido por la Ley N° 8.909.

La auto-declaración deberá efectuarse ante la Administración Tributaria quien quedará facultada para disponer de oficio las tasaciones correspondientes a las propiedades alcanzadas, incluso a través de convenios celebrados con Universidades, Centros de Estudios o Colegios Profesionales, con cargo al responsable de la parcela.

Las parcelas que resulten alcanzadas por el Régimen de Autodeclaración durante el año 2019 deberán abonar el impuesto inmobiliario que resulte en la forma que la Ley Impositiva disponga. Hasta tanto quede establecido el impuesto definitivo, la Administración Tributaria Mendoza lo liquidará provisoriamente tomando como base el avalúo fiscal determinado conforme los parámetros generales de esta ley o el valor auto-declarado en el año 2.018.

En todos los casos, los importes ingresados a raíz de la liquidación provisoria se ingresarán como pagos a cuenta del Impuesto Inmobiliario que resulte en definitiva.

Por otra parte, cuando el 50% del valor declarado en la escritura traslativa de dominio de alguna propiedad, o el que figure en la inscripción en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia, fuere mayor al que se calcula por aplicación de la presente ley, se adecuará el avalúo fiscal de dicha parcela al 50% del valor declarado y/o registrado en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia.

En 2018 este sistema alcanzó a unas 7000 parcelas en toda la provincia, de un total de alrededor de 700 mil. 

Según explicó la ministra de Hacienda, Paula Allasino, durante la presentación del proyecto en la comisión de Hacienda, este régimen para las propiedades con avalúos mayores a 2 millones de pesos, equivale aproximadamente a poco más del 1% del padrón de Catastro.

César Biffi, presidente del bloque de Cambiemos en Diputados, defendió los proyectos durante la sesión: "Nuestros argumentos tienen que ver con lo que venimos anunciando desde algún tiempo y la provincia viene cumpliendo, que es una reducción de las alícuotas en cientos de actividades. Eso significa una reducción para empresarios como para el consumidor, porque el ingreso bruto es un impuesto distorsivo e injusto. Afortunadamente con el plan quinquenal desde el 2017, en 2018 y 2019 se ha propuesta una reducción de alícuotas de modo que ha una rebaja efectiva."

Por su parte, Lucas Ilardo, titular del bloque Unidad Ciudadana de Diputados, planteó su postura: "Lo que Cornejo viene a proponernos a todos los mendocinos es que mientras se está viviendo una crisis económica fenomenal, vuelve a aumentarles los impuestos a todos los mendocinos. Sobre todo el impuesto automotor y el inmobiliario."

Los diputados votando en el recinto.

"Nosotros venimos planteando que el gobernador debería trabajar para que el impacto no lo paguen los mendocinos. Sobre todo hacer un esfuerzo para que el impacto que están sufriendo las clases medias y trabajadoras sea amortizado. En este caso el gobernador ha decidido poner sobre las espaldas las malas decisiones del Presidente Macri, venirnos a contar, casi de manera cínica, que el aumento será muy poquito. Pero los ciudadanos están recibiendo las boletas de gas, luz y ahora la de automotor e inmobiliaria, cuando la reciban seguramente se van a acordar del esfuerzo que les está pidiendo el gobernador.



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