Geólogos en contra de eliminar la Dirección de Minería de la Provincia

Tres instituciones de profesionales plantean objeciones a las reformas del código minero que plantea el Ejecutivo. "Es un organismo científico técnico y legal, único en su género", señalan.

Geólogos en contra de eliminar la Dirección de Minería de la Provincia

Por:Federico Lemos
Editor Post

Tres instituciones de profesionales del sector minero celebran las reformas del código minero que propone el Ejecutivo de Mendoza pero no están de acuerdo con la eliminación de la Dirección de Minería. 

 Los organismos son el Consejo Profesional de Ingenieros y Geólogos de Mendoza (COPIG), la Asociación Geológica de Mendoza (AGM) y el Colegio Argentino de Ingenieros de Minas (CADIM), que por medio de un comunicado expresaron su apoyo a "todas las intenciones e iniciativas que alienten o promuevan la creación de nuevas fuentes de producción y trabajo en el ámbito de la actividad minera".

El gobernador en Canadá junto con una comitiva en busca de inversores mineros.

Si bien establecen el "beneplácito" de revisar y mejorar el marco normativo que rige los procedimientos mineros, también desean que "las medidas que se tomen sean las mejores, técnica y jurídicamente correctas, y atiendan el interés general antes que alguno en particular".

Ver: El Gobierno provincial mostró a Jaque las reformas en el Código Minero

Por eso indican que están en contra, como señala el artículo 4º, de suprimir la actual Dirección General de Minería de la Provincia. "Es un organismo científico técnico y legal, único en su género dentro de su Gobierno, encargado de ocuparse de todos los asuntos relacionados con geología, ingeniería de minas, geología aplicada y economía minera, a la par de desempeñarse como autoridad minera".

Y agregan en su comunicado que "la jerarquía de ese organismo, por el sinnúmero de importantes misiones y funciones que cumple, no debe ser minimizado mezclándolo con una norma reglamentaria y menos aún prescindir del mismo, en detrimento, entre otras consecuencias, de la debida y necesaria injerencia técnica especializada de profesionales matriculados en el COPIG y en otros Consejos o Colegios".

Por lo tanto, consideran que el artículo 4º del proyecto resulta "innecesario e inoportuno", y que debe mantenerse la Dirección General de Minería en su estructura y funciones.

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Por otro lado, indican que el anexo del proyecto tiene 237 artículos y que es "redundante". "En nuestra opinión, este texto debería ser objeto de una revisión técnica minuciosa por parte de especialistas en Derecho Minero y Derecho Administrativo para determinar: si ese extenso articulado se corresponde correctamente con las respectivas disposiciones de la Ley de fondo (Código de Minería); si el texto propuesto no afecta, no contradice, no agrega ni quita derechos u obligaciones expresamente establecidas por la Ley Nacional; si el texto propuesto es coherente con leyes y decretos provinciales que afecten esta actividad y no hayan sido tenidos en cuenta en el proyecto; y si fuera conveniente efectuar consultas y conocer la opinión de diferentes organizaciones que podrían verse afectadas o beneficiadas por este cambio de Reglamentación", enumeran.

Finalmente las instituciones se pusieron a disposición de la Legislatura y del Poder Ejecutivo para "estudiar, consensuar y armonizar este Proyecto de Ley".

Las tres entidades.

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