Personas en situación de calle: la responsabilidad es de las provincias

Un nuevo decreto redefine el rol del Estado Nacional y traslada la ejecución de políticas públicas a los gobiernos locales.

Personas en situación de calle: la responsabilidad es de las provincias

Por:Federico Lemos
Editor Post

El Gobierno Nacional publicó este lunes el Decreto 373/2025 en el Boletín Oficial, modificando la Ley N° 27.654 que establece los derechos de las personas en situación de calle o en riesgo de estarlo. A partir de ahora, la responsabilidad principal de ejecutar las políticas públicas recae exclusivamente en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), mientras que el Estado Nacional asumirá una función secundaria de apoyo.

La medida implica un cambio estructural en la forma en que se diseñan e implementan los programas de asistencia, con el argumento de evitar la duplicación de esfuerzos y promover una gestión más eficiente. La normativa también introduce cambios en los artículos 3°, 10 y 12 de la ley original, apuntando a establecer un nuevo marco de acción más adaptado a las realidades locales.

Un cambio clave en la gestión de la asistencia social

El principal cambio introducido por el decreto es que serán ahora las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quienes tendrán la responsabilidad directa de garantizar los derechos y diseñar políticas para las personas en situación de calle. El Estado Nacional ejercerá únicamente un rol rector y de asistencia técnica o financiera, interviniendo en aquellas jurisdicciones que no cuenten con los medios para garantizar los derechos establecidos en la Ley 27.654. Según el Gobierno, esta reestructuración busca evitar superposiciones administrativas y dotar de mayor eficacia a los recursos asignados.

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Asimismo, se designó a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Capital Humano, como nueva Autoridad de Aplicación. Esta dependencia tendrá la función de definir las directrices y coordinar las acciones generales, en articulación con las provincias y CABA. Se promueve así una descentralización que, según lo anunciado, permitirá atender con mayor precisión las particularidades de cada territorio.

Vivienda digna, eje de las políticas locales

En la reformulación del artículo 10 de la ley, el decreto establece que serán los gobiernos locales los encargados de desarrollar políticas de vivienda inclusivas e integrales. Estas medidas deben estar orientadas a garantizar el derecho de acceso a una vivienda digna para personas que estén en situación de calle o en riesgo de estarlo. El objetivo es generar condiciones sostenibles que contribuyan a resolver esta problemática desde una perspectiva territorial.

Además, se derogó el inciso a) del artículo 12, lo cual implica que se podrá revisar y modificar programas sociales que hayan sido implementados con anterioridad, incluso si estos están vigentes. La intención detrás de esta eliminación es permitir una evaluación más crítica de los programas existentes y su continuidad en función de su eficacia o viabilidad económica. Esto abre la puerta a una reformulación integral de las políticas vigentes en materia de asistencia.

Rol subsidiario y coordinación nacional

Con este nuevo marco normativo, el Estado Nacional asume un rol más limitado, al prestar apoyo a las jurisdicciones locales que necesiten ayuda técnica o financiera. Este modelo de gestión pretende funcionar como una guía general, estableciendo lineamientos comunes para todo el país, sin intervenir directamente en la ejecución de las políticas públicas. La Secretaría de Niñez será la encargada de establecer esa coordinación y articular recursos si así lo requieren los gobiernos locales.

Sin embargo, este cambio de paradigma también plantea desafíos importantes: muchas provincias enfrentan limitaciones presupuestarias y estructurales que podrían dificultar la aplicación efectiva de la ley. El impacto real de esta descentralización dependerá, en última instancia, de los recursos concretos que cada jurisdicción pueda movilizar. Por eso, la mirada estará puesta ahora en los gobiernos provinciales y en su capacidad de acción.

El decreto cita a Mendoza donde "se desarrolla desde el año 2016 la Unidad de Atención Primaria de Salud Itinerante (UAPSI), la cual brinda atención médica, psicológica y social a personas en situación de calle, desplegándose en distintos puntos del territorio provincial con el objetivo de garantizar el acceso a derechos fundamentales".