Busca mejorar la atención, abarcando urgencias, traslados programados, atención domiciliaria y gestión de catástrofes, para garantizar rapidez y eficacia.
Mendoza tiene nueva ley para servicios extrahospitalarios
Mendoza sancionó la Ley 9673, promovida por el Ministerio de Salud y Deportes. Esta ley regula los servicios sanitarios extrahospitalarios, con el objetivo de mejorar la atención en situaciones de urgencia, traslados programados, atención domiciliaria y gestión de catástrofes.
La ley busca:
-Optimizar la Atención Extrahospitalaria: facilita la respuesta en situaciones críticas, incluyendo urgencias médicas y traslados
-Uniformar los Servicios: establece criterios comunes para la atención sanitaria, asegurando un acceso más amplio a los servicios.
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Características
-Derogación de Normativas Anteriores: Deroga la Ley 6993 y modifica la Ley 6835, creando un marco legal unificado para los servicios sanitarios.
-Plazo para la Reglamentación: Se establece un plazo de 180 días para la implementación de la nueva reglamentación, lo que permitirá un seguimiento efectivo.
-Ampliación del Alcance: incorpora la atención domiciliaria y los traslados programados no urgentes, así como protocolos para la gestión de catástrofes.
-Digitalización del Sistema Sanitario: exige el registro documentado de eventos, alineado con la Ley de Transformación Digital 9460, para mejorar la gestión de datos.
-Criterios de Habilitación: define criterios específicos para la habilitación de servicios públicos y privados, considerando factores como la complejidad y la población objetivo.
-Reconocimiento de Técnicos: eeconoce a los técnicos en emergentología y permite su actuación bajo supervisión médica. Se fomenta la capacitación continua.
-Coordinación con Organismos: establece la coordinación con instituciones como Incaimen y permite el uso de tecnologías certificadas para mejorar la atención.
Estructura de los Servicios Sanitarios Extrahospitalarios
Según la Ley 9673, los servicios se dividen en:
-Sistemas de Emergencias y Urgencias Médicas: Organización de recursos para la asistencia rápida a pacientes en situaciones críticas fuera de los hospitales.
-Sistemas de Traslados Programados: Coordinación del transporte de pacientes entre puntos específicos, asegurando la seguridad según el estado clínico.
-Servicios de Atención Domiciliaria: Asistencia a pacientes en sus hogares, regulada para cuidados específicos.
-Servicios en Situaciones de Catástrofe: Organización para asistir a la población afectada por eventos masivos, en colaboración con otras instituciones.
Impacto Esperado
La Ley 9673 tiene como propósito:
-Mejorar el Acceso a la Atención Sanitaria: Asegurando que todos los ciudadanos puedan acceder a servicios de salud.
-Aumentar la Eficiencia del Sistema: Optimizando la coordinación y el uso de recursos en situaciones de emergencia.
-Fomentar la Participación Ciudadana: Promoviendo un uso responsable de los servicios de salud.
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