Crean el registro de médicos que pueden recetar cannabis

La nueva normativa establece que solo podrán indicar tratamientos con cannabis los profesionales inscriptos y autorizados, con formación específica.

Crean el registro de médicos que pueden recetar cannabis

Por: Tamara Sbardolini

El Gobierno de Mendoza oficializó la creación de un registro obligatorio para médicos que prescriban cannabis con fines medicinales. La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

El nuevo Registro Provincial de Médicos Prescriptores de Cannabis de uso medicinal  será un requisito indispensable para todos los profesionales que indiquen este tipo de tratamientos o se desempeñen como directores médicos en asociaciones y fundaciones vinculadas a la temática.

Según la normativa, la inscripción será obligatoria y quienes no estén registrados no podrán prescribir cannabis medicinal, ya que no contarán con la autorización oficial requerida.

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Para formar parte del registro, los médicos deberán cumplir con una serie de requisitos, entre ellos contar con matrícula vigente en la provincia, acreditar formación específica en farmacología de cannabinoides, salud mental y buenas prácticas de prescripción, y poseer especialidad en áreas como psiquiatría, neurología o dolor y cuidados paliativos. Además, deberán adherir a los protocolos clínicos establecidos por la autoridad sanitaria.

El trámite de inscripción se realizará de manera digital y será evaluado por distintas áreas técnicas del Ministerio, mientras que la autorización final quedará en manos del titular de la cartera sanitaria.

La habilitación tendrá una vigencia de tres años y deberá renovarse al vencimiento, cumpliendo nuevamente con los requisitos exigidos. La normativa también prevé la cancelación del registro en casos de incumplimiento de las leyes vigentes o sanciones profesionales.

En cuanto a la prescripción, el cannabis solo podrá indicarse con fines terapéuticos y deberá registrarse en la Historia de Salud Integrada (HSI), incluyendo diagnóstico, dosis, producto indicado y duración del tratamiento. La resolución prohíbe expresamente su uso sin diagnóstico o con fines no medicinales.

Por último, el Ministerio de Salud implementará mecanismos de control, auditoría y seguimiento de las recetas para detectar posibles irregularidades. Además, se estableció un período de adaptación de seis meses, durante el cual los profesionales deberán informar las prescripciones realizadas en formato papel.

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