El máximo tribunal de Mendoza rechazó el recurso presentado por Esteban Bernardeau y confirmó que la obra social provincial puede finalizar el adicional "Tiempo Completo (Full Time)" tras un proceso judicial de exclusión de tutela sindical.
La Corte avaló a OSEP y permitió retirar un adicional salarial a un dirigente sindical
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó una sentencia que habilita a la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) a quitar un adicional salarial a un trabajador con tutela sindical, luego de que la entidad acudiera a la Justicia para pedir autorización.
El fallo se dictó el 27 de febrero de 2026 en el marco del expediente iniciado por la obra social contra Esteban Gustavo Bernardeau, dirigente gremial del sindicato SEOSEP y también integrante de la CTA de los Trabajadores. El conflicto surgió a partir de la decisión de OSEP de poner fin al adicional denominado "Tiempo Completo (Full Time)", que implicaba una jornada laboral extendida y un mayor ingreso.
La Corte provincial, con votos de Omar Palermo y Norma Llattser, resolvió rechazar el recurso extraordinario presentado por el trabajador y ratificar la sentencia previa de la Cámara del Trabajo. El juez Mario Adaro votó en disidencia.
Según la mayoría del tribunal, la obra social utilizó el procedimiento correcto: solicitó judicialmente la exclusión de tutela sindical antes de modificar las condiciones laborales del empleado. Ese paso era obligatorio debido a la protección especial que tienen los representantes gremiales.
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El tribunal evaluó que OSEP justificó la medida en cambios organizativos internos, entre ellos la reorganización de áreas, la incorporación de nuevas tecnologías y la modernización de procesos administrativos. En ese contexto, la institución decidió finalizar el adicional que ampliaba la jornada laboral del trabajador a 48 horas semanales, lo que implicaba volver al régimen normal de 40 horas.
Los jueces que integraron la mayoría señalaron que durante el proceso judicial la obra social mantuvo intactas las condiciones laborales y el salario del empleado, respetando su tutela sindical hasta que la Justicia resolviera el caso.
Además, remarcaron que el dirigente sindical no logró probar que la decisión tuviera un objetivo discriminatorio o antisindical, argumento central de su defensa. Para la Corte, los planteos del trabajador se limitaron a cuestionar la valoración de las pruebas sin demostrar arbitrariedad en la sentencia anterior.
En cambio, el ministro Mario Adaro, en disidencia, sostuvo que el caso debía analizarse con mayor rigor. A su criterio, existían indicios de persecución sindical, ya que la obra social había impulsado procesos similares contra otros miembros de la conducción del sindicato SEOSEP, lo que -según su interpretación- obligaba a exigir una prueba más contundente por parte del empleador.
Pese a esa postura minoritaria, el fallo final dejó firme la decisión judicial que permite a OSEP terminar con el pago del adicional "Full Time" una vez que la sentencia quede definitivamente firme.
La resolución también estableció que las costas del proceso extraordinario deberán ser afrontadas por el trabajador, al resultar vencido en el recurso presentado ante el máximo tribunal provincial.



