Sebastián Sarmiento elaboró un fallo en el que establece que los internos de estas dos penitenciarías continúen con sus dispositivos, debido a que el Servicio Penitenciario no ha proporcionado aún las condiciones mínimas de comunicación para los internos como se había establecido.
Un juez dispuso no retirar los celulares de dos cárceles de Mendoza
El juez Sebastián Sarmiento ordenó detener el retiro de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos en las cárceles de Boulogne Sur Mer y San Felipe. La decisión judicial respondió a un hábeas corpus colectivo presentado por un grupo de internos, quienes denunciaron que el Servicio Penitenciario no garantizaba el acceso mínimo al derecho a la comunicación, tal como había sido ordenado en enero del año pasado.
En su fallo, el magistrado declaró el "incumplimiento material" de una resolución previa, emitida el 13 de marzo, en la cual ya había intimado al Servicio Penitenciario a garantizar el uso de dispositivos tecnológicos para los reclusos. Según lo expresado por Sarmiento, "no surge acreditación alguna de que se haya cumplido con la proporción mínima exigida de un dispositivo tecnológico por cada 200 personas privadas de libertad en los complejos penitenciarios de Boulogne Sur Mer y San Felipe".
Además, en la resolución se destacó que el organismo penitenciario admitió que aún estaba en trámite la compra de nuevos dispositivos, la reglamentación del procedimiento de videollamadas y la ejecución de un convenio con la empresa proveedora. "El Servicio Penitenciario reconoce que aún se encuentra en trámite la adquisición de nuevos dispositivos, la reglamentación del procedimiento de videollamadas y la ejecución del convenio con la empresa prestataria", sostuvo el juez en su escrito.
Otra de las observaciones del magistrado apuntó a las deficiencias en los equipos disponibles. Según lo señalado, "tampoco se verifica que los dispositivos disponibles reúnan las condiciones técnicas mínimas exigidas en cuanto a privacidad, funcionalidad, accesibilidad y disponibilidad". De este modo, se cuestionó que no se estuvieran proporcionando cabinas o dispositivos especialmente dedicados para cada 200 internos, como exige la normativa vigente.
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Ante estas irregularidades, Sarmiento decidió suspender de manera transitoria el retiro de teléfonos celulares en ambas cárceles hasta que se garantizara el acceso efectivo a los dispositivos necesarios para la comunicación de los internos.
Asimismo, el fallo estableció un plazo de 20 días hábiles para que el SP presente un informe actualizado con información detallada sobre la cantidad, ubicación y funcionamiento de los equipos habilitados para las comunicaciones. En un paso adicional, el juez convocó a una audiencia de seguimiento para el próximo 21 de mayo en el Polo Judicial. A esta instancia deberán asistir el director del Servicio Penitenciario, Eduardo Orellana, representantes de derechos humanos y defensores oficiales.
El fallo también fue remitido al Ministerio de Seguridad, que presentó una apelación contra la resolución. Según trascendió, el próximo lunes, el juez Sarmiento definirá si le da curso al trámite de apelación. Además, el expediente fue elevado a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, como parte del control administrativo instaurado durante la pandemia de coronavirus.
Esta medida judicial vuelve a poner en el centro de la discusión el cumplimiento de los derechos básicos de las personas privadas de libertad y la responsabilidad del Estado en garantizar condiciones dignas dentro de los establecimientos penitenciarios.
El fallo de Sarmiento
El hábeas corpus presentado por los presos



