Qué cambia con la nueva ley de arbolado público en Mendoza

Este miércoles fue aprobada por diputado. Impulsa una "descentralización" y confirma que la jurisdicción sobre calles, plazas y otros espacios de dominio local corresponderá a los municipios.

Qué cambia con la nueva ley de arbolado público en Mendoza

Por: Deborah Puebla

La Cámara de Diputados de Mendoza sancionó una reforma integral a la normativa que regula el arbolado público provincial. 

La reforma, aprobada por 33 votos a favor y 9 en contra, apunta a descentralizar la gestión y otorgar mayor autonomía a los municipios, aunque mantiene lineamientos ambientales fijados por la Provincia.

La nueva ley confirma que la jurisdicción sobre calles, plazas y otros espacios de dominio local corresponderá a los municipios, pero establece que esas intervenciones deberán enmarcarse en lineamientos ambientales definidos por la Provincia. 

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Para ordenar esa transferencia de responsabilidades, cada municipio deberá presentar un Plan de Manejo Integral del Arbolado que se renovará cada cuatro años y acompañarlo con informes de avance anuales. La medida busca adaptar la gestión a las condiciones climáticas y las particularidades de cada oasis provincial.

 Entre las modificaciones más relevantes figuran incentivos para la transición hacia el policultivo -es decir, la plantación y mantenimiento de una mayor diversidad de especies- con el objetivo de reducir la vulnerabilidad frente a plagas masivas, como las que afectarán históricamente al olmo en la región. La ley también incorpora criterios de eficiencia hídrica y promueve la aplicación de poda mínima para disminuir residuos, optimizar recursos y mejorar el rendimiento de la sombra urbana. 

 La Subsecretaría de Ambiente será la autoridad de aplicación en jurisdicciones provinciales y nacionales, actuando a través de la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque. Paralelamente, cada municipio deberá designar su propia estructura técnica para implementar y controlar las acciones en el ámbito local. La normativa incluye programas de educación ambiental, campañas de concientización y mecanismos de participación ciudadana, además de la articulación con sectores productivos.

 La reforma introduce ajustes en la Ley Orgánica de Municipalidades: los municipios podrán asignar nombres a calles y espacios públicos, pero no podrán modificar denominaciones históricas o aquellas fijadas por ley provincial sin la correspondiente autorización legislativa.

Durante el debate legislativo, desde el oficialismo se defendió la descentralización como respuesta a demandas municipales y como manera de agilizar trámites y actuaciones -especialmente en casos de emergencia, como episodios vinculados al viento Zonda-. Se destacó además que la reforma incorpora herramientas de gestión y mejora la asignación de competencias.

La oposición, en cambio, advirtió sobre la falta de financiamiento para que las comunas puedan asumir las nuevas responsabilidades sin que se deteriore la calidad del arbolado público. Los legisladores opositores también plantearon dudas sobre la capacidad de algunas municipalidades para afrontar las tareas técnicas y de coordinación que exigen la nueva estructura. Se reclamó, además, que la ley contempla recursos específicos para la reposición de ejemplares antes de cualquier tala.

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