Pibes chorros: de qué hablamos cuando hablamos de bajar

Edades, delitos, condenas y alcance real del sistema penal juvenil, a partir de datos oficiales del Estado y organismos internacionales.

Pibes chorros: de qué hablamos cuando hablamos de bajar

Por:Florencia Silva
Secretaria de redacción

El debate sobre la edad de imputabilidad vuelve a instalarse en la agenda pública, pero el sistema penal juvenil vigente en la Argentina tiene un funcionamiento específico, con reglas propias y una dimensión mucho más acotada de lo que suele suponerse. Está regulado por la Ley 22.278, sancionada en 1980, y complementado por normas posteriores y compromisos internacionales asumidos por el país.

Según esa ley, los menores de 16 años no son punibles. En esos casos, ante la presunta comisión de un delito, la Justicia puede intervenir únicamente para constatar el hecho y evaluar la situación personal, familiar y social del niño o la niña, pero no puede imponer penas penales. La intervención corresponde, en principio, al Sistema de Protección de Derechos.

Sistema penal juvenil en Argentina

EjeDato
1Ley vigenteEl sistema penal juvenil se rige por la Ley 22.278, sancionada en 1980 durante la dictadura militar.
2Edad de punibilidad (historia)1921: 14 años · 1954: se eleva a 16 · 1980: vuelve a 14 · 1983: se restablece en 16 años.
3Menores de 16 añosSon inimputables: no pueden recibir penas penales.
4Jóvenes de 16 y 17 añosNo son juzgados como adultos: primero se declara la responsabilidad penal y luego se aplica un año mínimo de medidas socioeducativas.
5Pena privativa de libertadEs el último recurso y debe aplicarse por el menor tiempo posible y en instituciones especializadas.
6Tipo de delitos (2023)El 81,1% de las aprehensiones de NNyA fue por delitos contra la propiedad.
7AprehensionesMás del 80% duró menos de 24 horas; solo el 9,7% ingresó al sistema penal juvenil.
8SentenciasEn 2022 se dictaron 134 sentencias a menores de edad en todo el país.
9Peso en el sistema penalLos menores de 18 años representan solo el 0,6% del total de personas condenadas.
10Población penal juvenilRepresenta menos del 0,1% del total de adolescentes de 14 a 17 años; 94,8% varones y 5,2% mujeres.

Para los adolescentes de 16 y 17 años, el régimen es distinto al de los adultos. La ley establece un procedimiento en dos etapas. En una primera instancia, el juez determina si el adolescente es culpable o inocente. Si se declara la culpabilidad, se dicta una sentencia de responsabilidad penal, pero no una pena inmediata. En ese punto se dispone un período de tratamiento tutelar, actualmente denominado medidas socioeducativas, con una duración mínima de un año. Recién una vez cumplido ese plazo, y tras evaluar el resultado del tratamiento, el juez puede decidir si corresponde aplicar una pena o absolver. La privación de libertad está prevista como último recurso y debe cumplirse por el menor tiempo posible y en instituciones especializadas.

 Los menores de 18 años representan solo el 0,6% del total de personas condenadas.

La Ley 22.278 fue dictada durante la última dictadura militar y retomó la edad de punibilidad de 14 años, establecida en el Código Penal de 1921. En 1954, esa edad había sido elevada a 16 años en el marco de una política integral de protección de la infancia. Con el retorno de la democracia, en 1983, la edad volvió a fijarse en 16 años, pero el cuerpo central de la normativa se mantuvo vigente. El régimen se apoya en la noción de "minoridad" heredada de la Ley de Patronato de Menores de 1919, que concebía a los niños y adolescentes como objeto de tutela estatal. Ese paradigma fue formalmente abandonado en 1994, cuando la Argentina incorporó la Convención sobre los Derechos del Niño a la Constitución Nacional, y se consolidó en 2006 con la sanción de la Ley de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, que reconoce a los NNyA como sujetos de derecho.

Ver: Luis Petri celebró sumar el proyecto de bajar la edad de imputabilidad

Más allá del marco normativo, los datos oficiales muestran la dimensión real del sistema penal juvenil. De acuerdo con el Relevamiento Nacional de Dispositivos Penales Juveniles elaborado por la SENAF y UNICEF, en 2023 el 81,1% de las aprehensiones de niños, niñas y adolescentes correspondió a presuntos delitos contra la propiedad. La gran mayoría de esas aprehensiones tuvo una duración breve: más del 80% se resolvió en menos de 24 horas, y solo el 9,7% de los casos terminó con una derivación al sistema penal juvenil.

En términos de condenas, los datos del Ministerio de Justicia de la Nación indican que en 2022 se dictaron 134 sentencias a menores de edad en todo el país. Las estadísticas oficiales muestran que las personas menores de 18 años representan apenas el 0,6% del total de personas condenadas en la Argentina.

El relevamiento SENAF-UNICEF también dimensiona el peso del sistema penal juvenil sobre la población adolescente total. Al cierre del primer semestre de 2023, la última medición disponible, la población incluida en dispositivos penales juveniles -medidas en territorio, restricción de libertad y privación de libertad- representaba menos del 0,1% del total de adolescentes de entre 14 y 17 años del país. Además, el informe registra una reducción progresiva en la cantidad de adolescentes alojados en los distintos dispositivos del sistema.

En cuanto al tipo de medidas aplicadas, el 79,6% de los adolescentes incluidos en el sistema cumple medidas penales en territorio, el 17% se encuentra en establecimientos de privación de libertad y el 3,4% en dispositivos de restricción de libertad, en línea con los estándares internacionales que establecen que la privación de libertad debe ser excepcional.

La distribución por género es marcadamente desigual. El 94,8% de los adolescentes dentro del sistema penal juvenil son varones, mientras que solo el 5,2% son mujeres. Esta brecha se replica tanto en las aprehensiones como en las medidas posteriores.

El conjunto de estos datos permite dimensionar cómo funciona actualmente el régimen penal juvenil en la Argentina, cuál es su origen legal y cuál es su alcance real, a partir de información oficial producida por el Estado nacional y organismos internacionales.