Compraron un 0 km, demandaron a Ford y la Corte dio un revés inesperado

El máximo tribunal anuló un fallo de la Cámara Comercial por no escuchar a la fiscalía en un juicio iniciado por una pareja que reclamó un auto nuevo y una indemnización.

Compraron un 0 km, demandaron a Ford y la Corte dio un revés inesperado

Por: Florencia Silva

 La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y ordenó que se dicte un nuevo fallo en un juicio por derechos del consumidor contra Ford Argentina y una concesionaria, al considerar que el tribunal omitió un paso clave: darle intervención al Ministerio Público Fiscal antes de decidir.

El caso comenzó cuando una pareja compró un Ford Fiesta 1.6 SE  cero km en la concesionaria Luis Strianese S.A. A los cuatro días de retirarlo, el vehículo presentó fallas eléctricas que activaban la alarma de manera espontánea. Los compradores demandaron a Ford Argentina y a la concesionaria para que les entregaran un auto nuevo, además de reclamar daños y perjuicios, amparándose en la Ley de Defensa del Consumidor.

En primera instancia, la jueza del Juzgado Comercial N°27 les dio parcialmente la razón: ordenó la entrega de un vehículo nuevo de iguales características y el pago de una indemnización por daño moral, más intereses. No concedió, en cambio, el daño punitivo.

Los jueces de la Corte Suprema.

Todas las partes apelaron y la Sala A de la Cámara Comercial modificó el fallo. Sin embargo, no dio intervención al Ministerio Público Fiscal, a pesar de que la Ley de Defensa del Consumidor obliga a escuchar a la fiscalía en este tipo de procesos, por la desigualdad entre empresas y consumidores.

Ante esta omisión, la fiscal general Gabriela Boquín presentó un recurso extraordinario ante la Corte, respaldada por el procurador fiscal Víctor Abramovich. Argumentaron que impedir la participación de la fiscalía vulneró normas constitucionales y federales, y que los jueces no pueden limitar la actuación de los fiscales en asuntos de interés público.

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El 7 de agosto, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti le dieron la razón a Boquín y a la pareja. Sostuvieron que la sentencia de la Cámara fue "arbitraria" porque no aplicó las normas que garantizan la autonomía y competencia del Ministerio Público Fiscal.

Ahora, el caso volverá a la Cámara para que dicte un nuevo fallo, esta vez con la intervención de la fiscalía, tal como marca la ley. La Corte subrayó que este paso es esencial para asegurar la justicia en las relaciones de consumo, caracterizadas por la desigualdad entre las partes.