El gobierno nacional modificó la normativa que gestiona los descansos, horas de vuelo y vacaciones de pilotos y tripulantes, adaptándola a normas internacionales.
Cambios en la "gestión de fatiga" de los pilotos
El Gobierno nacional oficializó esta semana la modificación del Código Aeronáutico, a través del Decreto 378/2025. La norma establece nuevos parámetros para la organización de horarios, descansos, vacaciones y límites de servicio del personal aeronáutico -pilotos y tripulantes de cabina- alineando el esquema local con el modelo de Estados Unidos, uno de los más utilizados como referencia a nivel internacional.
Desde la Secretaría de Transporte aseguraron que los cambios otorgarán mayor flexibilidad a las aerolíneas, reduciendo sus costos operativos, lo cual -sostienen- debería traducirse en más vuelos, mejores precios y mayor competitividad del sector. Sin embargo, la medida no llega en un contexto apacible: los gremios de Aerolíneas Argentinas anunciaron un paro para el próximo 10 de junio, en el marco de un conflicto salarial que tiene, entre sus puntos de fricción, precisamente estas reformas.
Podés leer: $14 millones por una maquetita: qué mostró Petri en Diputados
¿Qué cambia en concreto?
El traslado al aeropuerto ya no cuenta como tiempo de trabajo: hasta ahora, el reloj laboral comenzaba a correr desde que el trabajador salía de su casa. Con el nuevo régimen, el tiempo de servicio empieza solo al ingresar al aeropuerto y estar bajo órdenes de la empresa.
Menos descanso semanal: el mínimo baja de 36 a 30 horas, en línea con la normativa de la Administración Federal de Aviación (FAA) de EE.UU. Las aerolíneas podrán así diagramar turnos más ajustados, reduciendo personal ocioso.
Más horas de vuelo al año: el tope anual pasa de 800 a 1.000 horas. Si bien el límite diario baja de 10 a 8 horas, se permiten más jornadas de vuelo.
Vacaciones recortadas: los pilotos nuevos pierden los 45 días que tenían entre vacaciones y descanso legal. Ahora tendrán 15 días corridos por año, como en los estándares internacionales. En EE.UU., por ejemplo, un piloto nuevo recibe 14 días.
¿A quiénes alcanza?
La normativa impacta directamente en los vuelos comerciales, regulares y no regulares, es decir, aquellos que operan con pasajeros en línea o bajo la modalidad chárter. No se aplicará a:
Taxi aéreo
Operaciones con helicópteros
Transporte de carga
Trabajo aéreo (fumigación, fotografía, etc.)
En estos casos, los límites seguirán siendo definidos por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) o mediante sistemas internos de gestión de fatiga.
Nuevas reglas para los vuelos largos:
El decreto incorpora un esquema escalonado según el tamaño de la tripulación y la disponibilidad de espacios para el descanso a bordo:
Con 3 pilotos: máximo de 13 horas de servicio por jornada.
Con 4 pilotos: hasta 17 horas. Si hay instalaciones de descanso clase 1 y el vuelo comienza entre las 7 y las 13, se puede extender a 19 horas.
Para tripulantes de cabina: el máximo es de 14 horas, ampliables a 16 o 18 si se suman auxiliares adicionales. El descanso mínimo será de 10 horas, con suplementos en casos de jornadas extendidas.
El objetivo, según el Gobierno, es prevenir accidentes por cansancio, proteger la salud física y mental del personal y mejorar la eficiencia sin comprometer la seguridad operacional.
Con el Decreto 378/25, con firma de @JMilei, @GAFrancosOk y @LuisCaputoAR empezamos a cerrar el círculo de reformas en el mercado aerocomercial que empezamos hace un año y cuyos frutos se ven en el récord de pasajeros. El Decreto, en particular, eleva los tiempos máximos de... https://t.co/XJ9RMIUxlU
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) June 4, 2025
Te puede interesar: Pilotos de Aerolíneas Argentinas anunciaron un paro para el martes 10



