Un fiscal federal consideró válida la reforma del DNU 366/2025, que habilitó a la Dirección Nacional de Migraciones a gestionar las solicitudes de ciudadanía
Migraciones tramitará la ciudadanía argentina y el ruso que sentó precedente
El fiscal a cargo de la Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°6, Miguel Ángel Gilligan, dictaminó que es constitucional el cambio introducido por el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, que habilitó a la Dirección Nacional de Migraciones a intervenir en los trámites de ciudadanía argentina.
El planteo surgió a partir de una presentación realizada por un ciudadano ruso, que buscó declarar inconstitucional la norma. Sin embargo, el fiscal opinó que el reclamo debía ser rechazado por falta de fundamentos sólidos.
Según explicó, la impugnación se basó en afirmaciones generales sobre una supuesta violación de garantías constitucionales, pero sin un desarrollo técnico concreto que demostrara esas irregularidades.
En su dictamen, Gilligan recordó que la declaración de inconstitucionalidad es una decisión excepcional y de alta gravedad institucional, que solo debe adoptarse cuando existen argumentos claros y comprobables. En este caso, consideró que no se acreditó que el Poder Ejecutivo haya actuado de manera irrazonable, arbitraria o de mala fe al dictar el decreto.
El fiscal también repasó los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina respecto a los decretos de necesidad y urgencia, señalando que corresponde al Poder Judicial analizar si existen circunstancias excepcionales que justifiquen su dictado. En este caso, entendió que esos requisitos no fueron cuestionados de manera efectiva.
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Uno de los puntos centrales del decreto es la centralización del trámite de ciudadanía en Migraciones, con el objetivo de ordenar el proceso y reforzar aspectos vinculados a la seguridad. Para el fiscal, esos fundamentos no fueron refutados por quien presentó la demanda.
Además, sostuvo que no existe un impedimento constitucional en que el trámite sea administrativo en lugar de judicial. Según explicó, el hecho de que históricamente la ciudadanía se gestionara en tribunales responde a una ley, no a una exigencia de la Constitución.
En ese sentido, remarcó que el nuevo esquema no elimina el control judicial. Si una solicitud de ciudadanía es rechazada por la autoridad administrativa, el solicitante mantiene la posibilidad de recurrir a la Justicia para cuestionar la decisión.
El dictamen también subraya que una norma solo puede ser considerada inconstitucional si resulta irrazonable, desproporcionada o injusta en relación con los fines que persigue. En este caso, el fiscal entendió que esos supuestos no se verifican.
Por todo esto, concluyó que el DNU 366/2025, que modificó el régimen para tramitar la ciudadanía argentina, no presenta incompatibilidades con la Constitución Nacional, y que el planteo realizado por el ciudadano extranjero no logra demostrar lo contrario.



