A través del Boletín Oficial, el organismo dispuso estas medidas que suspende el uso, venta y distribución de los artículos de tres empresas por considerarlos ilegítimos.
ANMAT prohibió productos médicos, cosmésticos y de limpieza
La Admistración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (AMNAT) prohibió en la últimas horas la comercialización de productos de tres firmas que operaban sin cumplir con las normas vigentes. Se trata de la empresa Biovand Group SRL, la marca cosmética Biolash y la firma SEIQ Group S.A., todas vinculadas a la oferta y distribución de artículos médicos, cosméticos y de limpieza sin registros ni habilitaciones necesarias.
La autoridad nacional debió actuar luego de detectar irregularidades graves como la falta de inscripción sanitaria, el uso de CUIT no autorizados, documentación incompleta y el rechazo a inspecciones oficiales.
Biolash:"serum de pestañas"
A través de la Disposición 4702/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo estableció "prohibir el uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional del producto ‘Serum potenciador de cejas y pestañas de la marca Biolash' en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos, hasta tanto se encuentre debidamente regularizado".
De acuerdo al documento que lleva la firma de Nelida Agustina Bisio, titular de la administración, la investigación surgió a raíz de consultas y denuncias que llegaron a la casilla de correo de "Cosmetovigilancia" -sitio del Gobierno para recibir notificaciones- respecto al producto. Luego, la Anmat detectó que la oferta promocionada corresponde a un elemento que no está inscripto.
Cabe destacar que el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal sugirió prohibir el uso comercialización y publicidad "toda vez que se trata productos ilegítimos, no inscriptos ante la Anmat, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia para los que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable".
Por todas estas razones, tomó intervención el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria, que inició gestiones para dar de baja las publicaciones e impedir nuevas ofertas en portales de venta y redes sociales.
La Anmat argumentó la medida con la finalidad de advertir a pacientes y profesionales, a fin de proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso de los productos involucrados.
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SEIQ Group: limpieza y desinfección
Asimismo, la Disposición 4703/2025 se enfocó en una serie de productos de limpieza y desinfección de la marca SEIQ GROUP S.A., las cuales se promocionaban como de "uso profesional" y que llevaban datos de la empresa FANC S.A. en sus etiquetas. Sin embargo, FANC S.A. negó haber elaborado esos productos y denunció el uso indebido de su nombre por parte de aquella firma.
La investigación reveló que SEIQ no se encuentra habilitada por Anmat ni por la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires. Además del desinfectante SEIQ, se detectaron otros 12 productos domisanitarios que incluían detergentes, insecticidas, ceras y limpiadores sin registro oficial. Varios de ellos se vendían a través de sitios de comercio electrónico, lo que facilitaba su llegada a consumidores de todo el país.
Por esta razón, el organismo ordenó la prohibición inmediata de la venta, distribución y uso de todos los productos de la empresa hasta tanto regularicen su situación legal. Asimismo, se inició un sumario sanitario contra SEIQ GROUP S.A. y su director técnico por violaciones a múltiples normativas vigentes.
Biovand también fue suspendida
Por otra parte, en la Disposición 4701/2025, la empresa Biovand Group SRL fue sancionada luego de una denuncia realizada por la Cámara de la Industria Traumatológica, que alertó sobre la posible comercialización de insumos médicos de origen dudoso.
En un informe detallado, la AMNAT reveló que durante la inspección realizada en su sede de Av. Gaona 1693 (CABA), el encargado de la firma no fue capaz de mostrar productos en stock ni entregar documentación completa sobre los remitos y facturas de los artículos comercializados. Además, la empresa operaba con un CUIT diferente al que figura como habilitado en el registro de la Anmat, y el trámite de cambio de razón social había caducado.
Aunque fue notificada para entregar en un plazo de siete días toda la documentación que acredite el origen de los productos, la empresa no cumplió a regla. A esto se sumó una posterior negativa a permitir el ingreso a una nueva inspección.
Ante la falta de garantías sobre la seguridad, eficacia y origen de los productos ofrecidos, el organismo prohibió de forma preventiva su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.
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