Aprobaron la emergencia en discapacidad: ¿qué dice la normativa?

La ley fue aprobada por unanimidad en el Senado y estará vigente hasta fines de 2026. Establece medidas clave sobre pensiones, prestadores, aranceles, empleo protegido y financiamiento.

Aprobaron la emergencia en discapacidad: ¿qué dice la normativa?

Editó: María Belén Godoy

Por unanimidad, la Cámara de Senadores convirtió en ley el proyecto que declara la emergencia en discapacidad en todo el país hasta el 31 de diciembre de 2026. La iniciativa, que había sido aprobada por Diputados el pasado 4 de junio con 149 votos afirmativos, 71 negativos y 3 abstenciones, recibió este miércoles 56 votos positivos en la Cámara alta. 

Entre sus puntos más destacados, la ley contempla un financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad, así como el fortalecimiento del sistema de prestaciones y de sus prestadores. Estos últimos podrán acceder a un régimen de emergencia para regularizar deudas tributarias, que incluirá condonación de intereses y multas, refinanciación de planes de pago vigentes y deudas de planes caducos.  

  Se aprobó por unanimidad la Ley de Emergencia en Discapacidad en el Senado.   

También se establece la actualización y compensación de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, y se garantiza el financiamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad. Además, se ajustará el monto de la asignación mensual estímulo según el porcentaje vigente del salario mínimo, vital y móvil.

La ley también prevé la apertura de nuevos cupos en el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad, regulado por la Ley 26.816.

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Uno de los puntos clave de la nueva norma es la promoción de espacios institucionales de consulta y diálogo entre el Estado y las personas con discapacidad, mediante las organizaciones que las representan y el Consejo Federal de Discapacidad.

Por otra parte, se modificó el artículo 9 de la Ley 13.478 para facultar al Poder Ejecutivo a otorgar una pensión inembargable a personas sin recursos, sin cobertura previsional y con CUD (Certificado Único de Discapacidad), o a personas mayores de 70 años en similares condiciones.

 Durante la jornada de este jueves, el Senado también aprobó el aumento de jubilaciones y la prórroga de la moratoria previsional. 

Además, se incorporó un nuevo artículo 7 bis a la Ley 24.091, que establece que los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas deben ser iguales para todas las personas jurídicas obligadas por la ley.

Finalmente, se autoriza al jefe de Gabinete a realizar ampliaciones y modificaciones presupuestarias necesarias para garantizar el cumplimiento de la ley. Sin embargo, se aclara que esas reestructuraciones no podrán hacerse a costa de fondos destinados a Servicios Sociales.

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