ANMAT habilitó la importación de equipamiento médico usado

Además de bajar costos, también simplifica el trámite.

ANMAT habilitó la importación de equipamiento médico usado

Por: Ana Montes de Oca

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó un nuevo marco regulatorio para la importación de productos médicos usados y reacondicionados. La medida quedó formalizada a través de la Disposición 224/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La decisión apunta a flexibilizar el acceso a equipamiento médico, reducir costos y ampliar la capacidad operativa de los centros de salud, especialmente los de menor escala, sin resignar los estándares de seguridad y eficacia exigidos para este tipo de productos. Según el organismo, el acceso oportuno a tecnología médica resulta clave para mejorar las prestaciones sanitarias y evitar derivaciones que generan demoras en la atención de los pacientes.

La posibilidad de importar equipamiento médico usado baja los costos para los efectores de salud

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La disposición establece que podrán importarse productos médicos usados que cuenten con registro vigente ante la ANMAT. El ingreso podrá realizarse bajo tres modalidades: productos reacondicionados en el exterior, productos usados que no requieran reacondicionamiento o productos usados destinados a ser reacondicionados en la Argentina.

La norma define además el alcance de las actividades de reacondicionamiento, restauración, reconstitución y verificación de funcionamiento, que deberán respetar las especificaciones originales del fabricante y no alterar la finalidad ni las condiciones de seguridad del producto. Cualquier modificación no prevista por el fabricante implicará que el equipo sea considerado un nuevo producto médico, lo que obligará a tramitar un nuevo registro ante la autoridad sanitaria. La norma también aclara que "Las tareas de mantenimiento o reparación de equipos en uso quedan expresamente excluidas de este régimen".

En cuanto a los sujetos habilitados para importar, la ANMAT determinó que podrán hacerlo tanto los usuarios de los productos médicos como las empresas autorizadas para actividades de importación, fabricación o reacondicionamiento, de acuerdo con la clase de riesgo del producto. Para los productos de riesgo bajo y moderado, el procedimiento se basa en la presentación de un Aviso de Importación con carácter de declaración jurada, que deberá realizarse dentro de las 48 horas posteriores a la nacionalización, a través de la plataforma de Trámites a Distancia.

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