Qué es el "juicio en ausencia" que pidió el fiscal del caso AMIA

El fiscal a cargo pidió que se enjuicie a los diez imputados prófugos y "rebeldes" de la causa. Los detalles.

Qué es el "juicio en ausencia" que pidió el fiscal del caso AMIA

Editó: María Belén Godoy

  El titular de la Unidad Fiscal AMIA solicitó "juicio por ausencia" a diez personas prófugas por el atentado contra la institución  el 18 de julio de 1994.

Se trata del fiscal Sebastián Basso, quien le pidió al juez federal Daniel Rafecas, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.° 6,  la aplicación de la Ley 27.784

¿Qué se busca con esta normativa? La intención es poder juzgar y avanzar en la investigación  del atentado terrorista cometido con motivos de odio racial y religioso en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) y de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), que dejó como víctimas fatales a 85 personas y 151 con lesiones gravísimas, graves y leves prejuicios y numerosos daños materiales. 

Pedido de justicia en el caso AMIA

Basso solicitó juicio por ausenciasAlí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar, ya que lejos de desconocer sus imputaciones en su contra, nunca se presentaron ni acataron los requerimientos de la Justicia argentina y fueron declarados "rebeldes".

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Los acusados tienen solicitud de captura internacional y la extradición  a fin de lograr su presentación en el país. 

¿Qué es el juicio en ausencia?

 El 20 de febrero del 2025 se promulgó la Ley 27.784, la cual se incorpora el artículo 431 ter en el Código Procesal Penal, llamado juicio por ausencia.  Esta normativa indica que este procedimiento es aplicable únicamente en aquellas causas donde se investiguen delitos realizados en el territorio argentino. 

Asimismo, este inciso indica que debe cumplirse una serie de requisitos tales como: si el acusado conoce la existencia del proceso en su contra y no se presenta ante la autoridad requerida, o no acate o eluda los requerimientos de las autoridades judiciales. Si han transcurridos cuatro meses desde el dictado de la orden de captura nacional o internacional y el imputado no puede ser hallado; y si el pedido de extradición de la República Argentina a un país extranjero ha tenido caso omiso o ha sido denegado. 

Si tales requerimientos se cumplen, se puede dar paso a realizar un juicio por ausencia. Es decir, se continúa con el proceso judicial con la falta de los imputados. Esta medida se notifica al defensor y a los familiares o allegados de los acusados. 

Por otro lado, en la misma ley se detalla el artículo 69 titulado "rebeldía". El cual indica que será declarado en rebeldía el imputado que no aparezca en citaciones judiciales sin justificación alguna, o desobedezca una orden de detención. 

Es por ese motivo que los diez imputados prófugos en la causa de la AMIA son declarados rebeldes y por consiguiente al cumplir con los detalles de la ley, se puede continuar con la investigación y ser juzgados bajo el juicio en ausencia. 

Los imputados 

Los acusados, con pedido de captura nacional e internacional vigente son: Fallahijan Alí, ex ministro de Inteligencia de Irán; Rezai Mohsen, ex comandante de la Guardia Revolucionaria Islámica; Velayati Alí Akbar, ex ministro de Asuntos Exteriores de Irán; Soleimanpour Hadi, ex embajador de Irán; y los hermanos Salman Rauf Salman y Salman Abdallah.

Imputados por el caso AMIA.