Un decreto-acuerdo publicado este 31 de diciembre fija el ritmo de ejecución presupuestaria, congela trámites de personal hasta abril y exige aval del Gobernador para nuevas contrataciones y convenios.
Cornejo activa el "freno" del gasto 2026: topes trimestrales, contratos y celulares
El Gobierno de Mendoza puso en marcha un paquete de medidas para ordenar la caja provincial en 2026. A partir del expediente EX-2025-10334713-GDEMZA-DGPRES#MHYF, el Ejecutivo firmó un decreto-acuerdo que busca "hacer más eficiente el uso de los fondos públicos" y preservar el equilibrio presupuestario, con reglas concretas para el ritmo del gasto y nuevas restricciones sobre personal, contratos, convenios y hasta la tenencia de celulares oficiales. La norma fue publicada en el Boletín Oficial este miércoles 31 de diciembre de 2025.
El texto se apoya en la Ley de Responsabilidad Fiscal Nacional N°25.917 -a la que Mendoza adhirió mediante la Ley Provincial N° 7.314- y plantea límites para evitar que el gasto crezca por encima de los ingresos. En ese marco, fija porcentajes de "ritmo del gasto" (cuotificación) para las erogaciones corrientes y de capital.
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Para el Poder Ejecutivo (Administración Central, organismos descentralizados y cuentas especiales), el decreto establece que, sobre el crédito vigente, las erogaciones podrán afectarse de manera preventiva con un esquema acumulativo por trimestre: 15% en el primer trimestre, 25% en el segundo, 25% en el tercero y 35% en el cuarto, con una distribución mensual orientativa que arranca en enero y se reordena en abril, julio y octubre. En el caso del Legislativo, Judicial, Tribunal de Cuentas y Fiscalía de Estado, el tope indicado es 25% por trimestre, también acumulativo, con la posibilidad de ajustes vía resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas o la Subsecretaría de Hacienda, si cada organismo lo justifica con información propia.
El decreto también marca excepciones relevantes: habilita que ciertas partidas puedan afectarse al 100% en enero y queden sin cuotificación el resto del año, como Personal, locaciones de servicios, locaciones de obras, transferencias privadas de educación, contrataciones de personal vinculado a obras públicas, además de erogaciones de capital y compromisos financieros como intereses y amortización de deuda. Entre los casos puntuales, contempla la partida de Juicios y menciona partidas específicas de áreas de gobierno, además de un esquema especial para gastos vinculados a la Fiesta Nacional de la Vendimia (con porcentajes mensuales acumulativos para enero, febrero y marzo).
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En paralelo, el decreto refuerza el control político y administrativo de nuevas erogaciones. Por un lado, ordena que el Ministerio de Hacienda y Finanzas haga seguimiento permanente de recursos y gastos, con facultad de aplicar medidas adicionales si la recaudación no acompaña. Por otro, fija una decisión clave sobre recursos humanos: todo trámite vinculado a partidas de personal recién podrá iniciarse a partir del 1 de abril de 2026, salvo excepciones como concursos en curso, sentencias firmes, el plan de designaciones de personal policial y penitenciario, y funciones del sistema de Salud y Educación, siempre atadas a la disponibilidad presupuestaria.
El capítulo de contrataciones agrega un filtro más estricto: los nuevos contratos o ampliaciones bajo locación de servicios, locación de obra u honorarios (incluidas horas módulo deportivo) deberán contar con autorización expresa del ministro del área y del Gobernador, antes de arrancar el trámite, con una proyección detallada de la partida certificada por la administración del organismo. Incluso prevé que, si el gasto supera los créditos aprobados en el anexo presupuestario correspondiente, será necesaria la aprobación de Hacienda antes de pedir el aval final del Gobernador.
Otra decisión con impacto directo en la administración diaria apunta a los convenios con universidades, facultades, fundaciones y ONG: si implican erogaciones para la Provincia, solo podrán firmarse con autorización del Gobernador y aprobación del Ministerio de Hacienda y Finanzas, también con respaldo de proyecciones de partida.
El decreto suma además una regla poco habitual por su alcance simbólico y operativo: en la Administración Central solo podrán tener celulares oficiales el Gobernador, ministros, secretarios, subsecretarios y directores. Cada ministro podrá autorizar excepciones por razones de servicio, pero quienes hoy tengan equipos sin ese permiso deberán devolverlos en un plazo de 30 días hábiles. En caso contrario, el consumo podrá descontarse de haberes u honorarios, con intervención de Contaduría o del servicio administrativo correspondiente. Quedan exceptuadas las fuerzas de seguridad de la provincia, y la Dirección de Informática y Comunicaciones deberá llevar el registro de líneas, equipos y movimientos, con reportes mensuales.
En materia de compras, también se establece que determinadas contrataciones de bienes de capital -cuando superen ciertos umbrales vinculados a la contratación directa según la Ley de Presupuesto N° 9.681- requerirán autorización previa del Gobernador y aprobación de Hacienda. A los organismos descentralizados, además, se les instruye a presentar un plan de inversiones y cronograma de desembolsos para que el Ministerio evalúe y apruebe.



