Caso testigo: la Corte anuló la pensión de un preso político en la dictadura

El máximo tribunal del país revirtió un fallo de la Cámara Federal de Córdoba. Los detalles del caso.

Caso testigo: la Corte anuló la pensión de un preso político en la dictadura

Por: Santiago Montiveros

La Corte Suprema de la Nación resolvió revocar un fallo que otorgaba una pensión vitalicia a la viuda de un preso político durante la dictadura. La decisión del máximo tribunal se fundamenta en que la mujer habría elegido un camino administrativo que no corresponde.

Tras la sanción de la Ley 26.913/13, Olga Ostapezuk reclamó el derecho a cobrar una pensión como viuda de Leonardo Alberto Jacobo, quien había estado detenido durante la última dictadura militar en la provincia de Córdoba

El reclamo fue presentado en 2018, cuando Ostapezuk pidió ser incorporada como beneficiaria. Su esposo había sido reconocido como víctima por la ley 24.043, durante la presidencia de Carlos Menem, que permitió indemnizar a los presos políticos en un solo pago de acuerdo con la cantidad de días que estuvieron confinados. 

Sin embargo, para la sanción de la segunda ley, que prevé un pago mensual,  el hombre ya había muerto (falleció en 2011, dos años antes de la sanción). Esa diferencia temporal resultó clave: según el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, no era posible transmitir un derecho que Jacobo nunca llegó a ejercer en vida.

El caso sucedió en la Provincia de Córdoba.

En un primer momento, la Cámara Federal de Córdoba le dio la razón a la viuda y ordenó al Estado dictar un acto administrativo reconociendo su pensión. Sin embargo, el Estado Nacional apeló y el expediente llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ahora, la Corte, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó la sentencia favorable a Ostapezuk. Los jueces sostuvieron que la vía elegida -una acción meramente declarativa de certeza- no era la adecuada, porque ya existía una resolución administrativa firme de 2018 que había denegado el beneficio. Según el fallo, la mujer debía haber impugnado esa decisión por los caminos ordinarios previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo, en lugar de iniciar una acción nueva.

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En otras palabras, la Corte Suprema no analizó el fondo del reclamo, es decir, si le correspondía o no la pensión como viuda de un preso político de la dictadura, sino que consideró improcedente el camino procesal elegido. La consecuencia práctica es que Ostapezuk queda sin posibilidad de acceder al beneficio, ya que el derecho de su esposo no estaba vigente al momento de su fallecimiento.

El fallo:

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