El Gobierno de Mendoza oficializó la sanción a los efectivos a través de un decreto tras considerar la falta como grave. Qué pasó.
Dos policías suspendidos por un curioso "descuido"
El Gobierno de la provincia de Mendoza resolvió rechazar un recurso jerárquico interpuesto por dos efectivos policiales, confirmando así una sanción de 30 días de suspensión laboral sujeta a exoneración.
La medida, formalizada a través del Decreto Nº 701 del Ministerio de Seguridad y Justicia, fue tomada luego de que los agentes fueran considerados responsables de una grave falta administrativa vinculada al descuido en la protección de objetos sustraídos y posteriormente recuperados.
Según el documento oficial, los efectivos policiales habían recibido la orden expresa y exclusiva de custodiar objetos que habían sido recuperados tras un robo en una vivienda. No obstante, mientras dichos bienes se encontraban bajo su vigilancia directa, uno de ellos, un televisor de 43 pulgadas, fue nuevamente sustraído.
Si bien el decreto no brinda mayores detalles específicos sobre el caso, sí indica que la falta de diligencia por parte de los efectivos derivó en una investigación disciplinaria interna, que concluyó con la sanción impuesta por la Junta de Disciplina del Ministerio de Seguridad.
Durante el proceso, se analizó si la resolución original carecía de fundamentación, ya que los sancionados alegaban que la pena recomendada por la Inspección General de Seguridad era menor a la finalmente aplicada. Sin embargo, los organismos intervinientes señalaron que el dictamen de ese órgano consultivo no tiene carácter vinculante, y que la Junta de Disciplina justificó adecuadamente su decisión, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos.
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El recurso presentado por los sancionados fue analizado por la Dirección de Asesoría Letrada y posteriormente por la Asesoría de Gobierno. Ambas instancias concluyeron que el reclamo no aportaba nuevos elementos que modificaran los fundamentos de la sanción impuesta previamente, destacando además que el acto administrativo fue debidamente motivado tanto en su dimensión fáctica como jurídica.
El decreto oficial



